jueves, 20 de octubre de 2016

ONPE: Expedición de kits electorales para revocatoria se redujo en Áncash, Lima y Cajamarca


La expedición de kits electorales para impulsar la revocatoria de autoridades regionales y municipales ha tenido este año una significativa reducción en los departamentos de Áncash, Lima y Cajamarca, que en el 2012 registraban la mayor cantidad de formatos adquiridos por ciudadanos con esa finalidad, informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

A casi cinco meses de haber iniciado la adquisición de los formatos de recolección de firmas de adherentes, se han expedido 99 en Áncash, de los cuales 84 es para intentar revocar autoridades de ámbito distrital, 13 para autoridades provinciales y solo 2 para autoridades regionales.

En el departamento de Lima, solo se han adquirido 109 kits (98 para ámbito distrital, 11 ámbito provincial y ninguna para ámbito regional); mientras que en Cajamarca se expidieron solo 55 formatos, (50 distrital y 5 provincial).

Esas cifras evidencian una notable reducción respecto al anterior proceso de revocatoria, cuando la compra de los kits electorales fue considerablemente mayor en esos departamentos: Así en el 2012, se expidieron en Áncash hasta 268 formatos, en Lima 349 y en Cajamarca 169.

En el total de los departamentos ese año se vendieron 2,247 formatos de recolección de firmas para impulsar la revocatoria de autoridades regionales y municipales; mientras que desde junio del presente año a la fecha solo se han expedido 821 kits electorales (27 para ámbito regional, 120 para ámbito provincial y 674 para ámbito distrital).

Esta significativa reducción en la venta de estos formatos a nivel nacional sería consecuencia de la modificación de la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, mediante la Ley N° 30315, que establece que las consultas de revocatorias que se realicen el próximo año no darán lugar a la convocatoria de nuevas elecciones, pues las autoridades revocadas serán reemplazadas.

El objetivo de esta reforma electoral, promovida en su oportunidad por la ONPE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), fue evitar que la revocatoria sea instrumentalizada como una herramienta de venganza política de los opositores de las autoridades municipales o regionales electas, para removerlos del cargo y convocar a nuevas elecciones.

Los promotores de revocatoria tienen hasta el 25 de noviembre para pedir al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) la verificación de firmas de adherentes recolectadas; y hasta el 5 de diciembre para presentar la solicitud de revocatoria a la ONPE.

La solicitud de revocatoria se declara procedente si está acompañada del 25% de las firmas de los electores de cada circunscripción, debidamente verificadas por el Reniec.

Una vez presentada la solicitud, la ONPE resuelve en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario y, en caso de ser denegada, procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve en última instancia en un plazo no mayor de quince (15) días calendario.

Una vez admitidas las solicitudes, corresponde al JNE convocar a Consulta Popular de Revocatoria para el 11 de junio del próximo año.

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