foto Juan Guevara |
Esta normativa, publicada en el suplemento de Normas Legales del diario oficial "El Peruano", se permitiría prorrogar los plazos para la subasta de los activos de Doe Run por doce meses, explicaron los acreedores laborales de la empresa a este Diario.
Dentro de la normativa, en el artículo 74, correspondiente a los acuerdos de disolución y liquidación, se agrega que la junta de acredores podrá acordar la continuación de actividades "solo en el caso de que se opte por la liquidación en marcha del negocio, por estimar un mayor valor de realización bajo esa modalidad. Dicha liquidación deberá efectuarse en un plazo máximo de un año, en el cual podrá ser prorrogado excepcionalmente por un plazo igual, mediante decisión de la junta de acreedores debidamente fundamentada", señala el decreto.
Con la normativa se permite asegurar la estabilidad laboral de los trabajadores, agregó la fuente laboral de Doe Run. "En ningún caso el patrimonio del deudor sometido a concurso podrá ser objeto de ejecución forzosa, en los términos previstos en la Ley, con la excepción prevista en el primer y segundo párrafo del Artículo 16 ", explica una de las modificaciones al artículo 18, enfocado en la protección legal del patrimonio.
Luego de la publicación del decreto, informaron que se solicitaría una junta de acreedores durante la primera quincena de setiembre para debatir la adecuación legal del proceso de Doe Run, ratificar o cambiar a la empresa liquidadora. De suceder lo segundo, se nombraría a una nueva empresa liquidadora, se firmaría un nuevo convenio de liquidación y varios puntos de interés adicionales, añadieron.
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