domingo, 3 de diciembre de 2017

En Comas, Mariscal Castilla y Cochas juramentan Juntas vecinales



El personal de OPC de la comisaria de Comas al mando del comisario Mayor PNP Ulianov Huaman  y realizo la juramentacion de (09) Juntas Vecinales a las 09:00, 12:00 y 14:00 hrs. en los distritos de Mariscal Castilla, Cochas y Comas respectivamente, entregandoles Chalecos, gorros, silbatos, credenciales previamente se les capacito en materia de Seguridad Ciudadana.

Asimismo se realizo Charlas de Seguridad Ciudadana e informo la importante labor de acercamiento a la comunidad que realiza la PNP en el VRAEM y lo logros obtenidos a la fecha en la reunión de Rondas Campesinas del alto y bajo Tulumayo en el CP Racracalla Comas. 

Se conto con la presencia del Congresista Israel Lazo Julca quien felicito la labor policial. Se extremaron las medidas de seguridad. 

Gobierno declarará estado de emergencia al Vraem por 60 días a partes del 5 de Diciembre

foto Werner

El Gobierno prorrogó hoy el estado de emergencia en diversos distritos ubicados en los departamentos de Ayacucho, Cusco, Junín y Huancavelica. La medida regirá a partir del martes 5 de diciembre próximo.

Así lo dispone el Decreto Supremo N° 114-2017-PCM publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que precisa que la prórroga de esta medida será por 60 días calendario.

La norma precisa que el estado de emergencia rige en los siguientes distritos de Ayacucho; provincia de Huanta: Huanta, Ayahuanco, Santillana, Chaca, Sivia, Llochegua, Canayre, Uchuraccay, Pucacolpa y Luricocha; y en la provincia de La Mar: San Miguel, Anco, Ayna, Chungui, Oronccoy, Santa Rosa, Tambo, Samugari y Anchihuay.

En Cusco; provincia de La Convención: Echarate, Megantoni, Kimbiri, Pichari, Vilcabamba, Inkawasi, Villa Kintiarina y Villa Virgen.

El Decreto Supremo N° 114-2017-PCM agrega que quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos (9), (11), (12) y (24), apartado (f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Refiere, además, que el control del orden interno está a cargo de las Fuerzas Armadas, en tanto dure el estado de emergencia declarado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo. La Policía Nacional apoya a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en los distritos declarados en estado de emergencia.

Dispone, además, que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en los distritos indicados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como en el Decreto Supremo N° 004-2013DE, que precisa los alcances del Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del Orden Interno.

La norma lleva la firma del presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski; y es refrendado por la presidenta del Consejo de Ministros, Mercedes Aráoz; y los ministros de Defensa, Jorge Nieto, del Interior, Carlos Basombrío; y de Justicia, Enrique Mendoza