jueves, 20 de agosto de 2015

Del puente Coimeros al puente Comuneros

foto Juan Guevara
Me senté a comer un helado en el distrito de Tres de diciembre; un poblador se acercó, me pregunto mi nombre. ¡Él es! Dijo, al rato estaba sentado con más de 10 comuneros; me preguntaban qué había pasado con el Puente Comuneros. ¡Unchupaico nos prometió que para setiembre va estar listo el expediente de los accesos! me comentaron. Sonreí, ya que en mi último año como Gerente el 2013 lo había dejado formulando y el 2014 se aprobó.


En una reunión de trabajo en el MTC, mencionaron que venían construyendo en Satipo el Puente Puerto Ocopa, cuya longitud es de 140m y tiene un costo de S/.37millones. Recordé que construimos el Puente Ubiriki el año 2013, cuya longitud es de 120 metros y costó S/.18millones. La mezquindad política llego a decir que el Puente se estaba rajando, cuando no era más que guerra sucia.

Los funcionarios de MTC, mencionaron que el Puente más grande ya no va estar en Junín, si no en Huánuco, están construyendo el Puente Pachitea cuya una longitud es de 356m cuyo costo haciende a S/. 110 millones, en sus estudios técnicos se demoraron más de 3 años y gastaron más de S/.5 millones. El Puente Comuneros tiene una longitud de 308m su costo no pasa de los S/60 millones, sus estudios técnicos demoramos 5 meses y gastamos S/.550 mil soles; la obra fue auditada en dos oportunidades 2012 y 2013, sin hallar observación alguna; la mezquindad política es atrevida.

Henry López

Fuerzas Armadas no podrán reprimir a quienes protesten sin armas de fuego

foto Juan Guevara

El Tribunal Constitucional ha emitido una sentencia que declara inconstitucionales diversos artículos de dos importantes decretos legislativos: el Código Penal Militar Policial (D. Leg. N° 1094) y la Ley que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional (D. Leg. N° 1095).

Este importante pronunciamiento (que Ud. puede leer aquí), entre otras cosas, modifica la definición de “grupo hostil”. Además, aclara que la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional, cuando no se ha declarado estado de excepción, solo puede darse en casos de narcotráfico, terrorismo, protección de instalaciones estratégicas y en los casos en que peligre la vida, integridad, salud o seguridad de las personas, de todo o parte de la población. Veamos lo más resaltante de la sentencia:

La inconstitucionalidad de la definición de grupo hostil

El Decreto Legislativo N° 1095 regula el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Esta norma definía como grupo hostil la “pluralidad de individuos en el territorio nacional que (i) están mínimamente organizados; (ii) tienen capacidad y decisión de enfrentar al Estado, en forma prolongada por medio de armas de fuego, punzo cortantes o contundentes en cantidad; y, (iii) participan en las hostilidades o colaboran en su realización” (artículo 3, literal f).

Pues bien, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la expresión “punzo cortantes o contundentes en cantidad”. ¿La razón? De acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario (DIH), un grupo armado es aquel que, bajo mando responsable, ejerce control de parte de un país y realiza acciones permanentes de naturaleza militar. Además, debe tenerse en cuenta que las reglas del DIH no se aplican a los disturbios internos, señala el Colegiado. Por ello, considera evidente que un grupo de personas que tiene armas punzo cortantes o contundentes no puede, objetivamente, equiparar ni superar las armas y el entrenamiento de la Policía y las Fuerzas Armadas.

Esto significa que las Fuerzas Armadas no podrán enfrentarse directamente a un grupo de ciudadanos que protestan, por ejemplo, con palos y piedras, sino que siempre lo harán prestando apoyo a la Policía en la función de mantener o restablecer el orden interno.

El uso de la fuerza en circunstancias normales (fuera de un estado de excepción)

El Tribunal Constitucional ya había declarado que las Fuerzas Armadas puedan prestar apoyo en zonas no declaradas en estado de excepción en situaciones de tráfico ilícito de drogas, terrorismo y la protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país (STC Exp. Nº 00002-2008-PI/TC, f. j. 46).

El problema es que el Decreto Legislativo N° 1095 incorporó –en el numeral 3 del artículo 4–, como supuestos adicionales a los ya mencionados “los demás casos constitucionalmente justificados”. Al respecto, el TC observó que el DIH impide avalar normas indeterminadas como esa expresión. Por ello, interpretó que esta se refiere únicamente a los casos en que peligra la vida, integridad, salud o seguridad de las personas, de todo o parte de la población.

Además, en la medida que la norma no señaló un plazo para la intervención de las FFAA, el TC ha estipulado que este no puede exceder de los 60 días que la Constitución señala en el artículo 137, referido a la duración del estado de emergencia.

Fiscalía Anticorrupción de Pasco intervino a teniente alcalde de Vicco por una presunta coima



Aparentemente para direccionar un proyecto

el día de ayer  aproximadamente a las 14.00 horas el teniente alcalde del distrito de Vicco Rosario Espinoza López fue intervenido por personal de la Fiscalía Especializada de Delitos de Corrupción de Funcionarios de Pasco, efectivos policiales, por una presunta coima que habría solicitado a un contratista.

Según fuentes de todo crédito, las diligencias se realizaron en la Av. Cerro de Pasco calle principal del distrito, donde el ahora imputado había pactado recibir del quien es ahora denunciante, la suma de mil nuevos soles en billetes de cien que servirían para beneficiarlo para el proyecto mejoramiento de pistas y veredas de Vicco.

La Dra. Carmen Gabriela Lagos Faydel Fiscal Adjuntos Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Corporativos) de Pasco, cumplió la intrusión en estricta reserva por más de dos horas, debidamente resguardado Espinoza López ingresó enmarrocado a las oficinas del ministerio público sin prestar declaraciones, posteriormente fue derivado a medicina legal para los exámenes de rutina; familiares en todo momento del atribuido por delito intentaron agredir a los hombres de prensa, para impedir el registro de imágenes.

En las próximas horas se conocerá mayores detalles del presunto caso de cohecho, el cual MP tiene evidencias en video y fotografías.
agendapasco.com

Menores de edad libaban licor por yanacancha antigua


Pusieron resistencia a intervención de serenos

El día martes a las 22.23, en un patrullaje rutinario del personal de serenazgo de Yanacancha, fueron alertados por vecinos del lugar que por la zona del Jr. Andrés Avelino Cáceres se hallaban cuatro menores de edad libando licor en actitudes sospechosas, informó Juan Calero sub gerente de seguridad ciudadana.


Dijo que los vecinos se sentían incomodos por este bochornoso incidente, por lo que los serenos les pidieron a los muchachos cuyas edades oscilan entre 15 a 17 años que se retiren del lugar, “en vez de cooperar estos pusieron resistencia inclusive agredieron a uno de los serenos, se les reiteró enérgicamente que se retiren del cual después de varias argucias se alejaron por el sector 5 de Columna Pasco” señalo.

En su poder los jóvenes tenían botellas plástico con licor de dudosa procedencia.

agendapasco.com

Clausuran y decomisan bienes y rokola de bar Noche de Estrellas en San Juan


En un operativo inopinado por parte de la gerencia de desarrollo económico, fiscalización y efectivos policiales de Yanacancha, por fin lograron clausurar definitivamente el bar Noche de Estrellas, quien atendía clandestinamente infringiendo las ordenanzas municipales.

Según declaraciones de Mercedes Palomino Isidro sub gerente de fiscalización el local recibió una sanción de dos unidades impositivas tributarias, retención de sus bienes y de una rokola, “se ha clausurado definitivamente por estar ubicado a menos de 200 metros de una institución educativa, no contar con licencia de funcionamiento, certificado de defensa civil y otros y pese a ello apertura el local” señaló.

Dijo que los propietarios indicaron tener los documentos en regla, el cual no lo mostraron durante la intervención, “señalaron que procederán con denunciar a funcionarios municipales por abuso de autoridad a pesar del incumplimiento de la Ordenanza” acotó la funcionaria.