lunes, 24 de septiembre de 2018

Congresista Israel Lazo exhorta al Ejecutivo declarar en emergencia el sector cafetalero


· Parlamentario presentó proyecto de ley que exige al Estado el planteamiento de políticas fitosanitaria para revertir las consecuencias que dejó la plaga de la roya amarilla del cafeto.

 Preocupado por las graves consecuencias que dejó la plaga de la roya amarilla del café, que sumió en la pobreza a más de 223 mil familias de pequeños productores en todo el Perú. El congresista por Junín, Israel Lazo (FP), presentó el proyecto de ley N° 3422, que declara interés nacional y necesidad pública, la implementación de medidas que permitan revertir las consecuencias que dejó la plaga de la roya amarrilla en el sector cafetalero, a fin de evaluar la emergencia de la caficultura peruana.

“Las políticas fitosanitarias en el Perú por décadas han estado mal diseñadas e implementadas, esto por el simple hecho que el Gobierno autoritariamente y sin consultar a los principales involucrados como son los agricultores; diseñaron, implementaron y sometieron dichas políticas en el territorio, casi siempre con consecuencias trágicas en perjuicio del agricultor”, expresó Israel Lazo.

El proyecto, en su disposición complementaria recomienda al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Agricultura y Riego -MINAGRI, implementar en el más breve plazo, acciones inmediatas para aplicar una adecuada política fitosanitaria para el sector cafetalero, afectado por la roya amarilla del café; para tal efecto, el Ejecutivo, podrá coordinar acciones conjuntas con las asociaciones cafetaleras y universidades públicas, a fin de evaluar la emergencia en el sector.

“Nuestra propuesta, es que las políticas fitosanitarias tengan el consenso entre los principales involucrados; el Gobierno, el agricultor y especialistas en temas agrícolas de las universidades. Así poder evaluar, diagnosticar y establecer las medidas que se han de tomar frente a una plaga que devasta la voluntad y mengua la economía del cafetalero peruano”, expreso Israel Lazo, congresista por Junín

Estas acciones permitirán una mejora sustancial en los nuevos cultivos de calidad; resistentes a las enfermedades y con capacidad de adaptarse al cambio climático. Incluyendo: Híbridos F1 de Arábica, Híbridos interespecíficos (Arábica por Robusta) y cultivos de Robusta para injerto en Arábica.

Según pronósticos del Ministerio de Agricultura, para el presente año las pérdidas para los productores superarían los 1,100 millones de soles, debido el bajo costo del café, cifras no vistas desde el 2013 a raíz de la plaga de la roya amarilla que afectó los cafetos. “Son más de 223 mil familias de pequeños productores dedicadas al café en todo el Perú, familias que merecen la atención del Ejecutivo”, dijo Israel lazo.

Datos.

· Proyecto de Ley N°3422, declara de interés nacional y necesidad pública la implementación de medidas fitosanitarias efectivas en el sector cafetalero, como consecuencia de la roya del café.

· En el 2015, las exportaciones de café cerraron en US$ 92.878 millones, lo que significó una baja de 26,85% respecto a la cifra del 2014.

· El 2016, las pedidas del café hacienden 800 millones, según la JNC este año más de 40 mil pequeños cafetaleros no podrán pagar la deuda contraída con Agrobanco.

· El Perú posee 425,416 hectáreas dedicadas al cultivo de café, las cuales representan 6% del área agrícola nacional.

· La plaga, afectó a 15 regiones, 95 provincias y 450 distritos cafetaleros. Entre ellas; Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Pasco, Puno, San Martín, Ucayali y Piura. Estos fueron los más perjudicados, perdiendo más de 100,000 hectáreas de café según el MINAGRI.

Fallece conocido educador Pablo Máximo Canicela Llallico


· Fue profesor en el Instituto Teodoro Peñaloza, UNCP y la UPLA.

El reconocido educador Pablo Máximo Canicela Llallico falleció debido a un accidente cerebro vascular, como consecuencia de una caída de hace quince días, lo cual empeoró a falta de una asistencia médica manifestaron los familiares directos del extinto profesor, quien prestó servicios educativos en la conocida escuela normal de Chupaca, hoy Instituto Pedagógico Teodoro Peñaloza, asimismo, fue catedrático en la Universidad Nacional del Centro del Perú y llegó a ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Administrativas y Contables de la UPLA.

Pablo Canicela Llallico, durante su trayectoria académica ha sido autor de varios textos universitarios entre ellos, el libro “Educación Emocional y Social: Una Asignatura Pendiente”, mediante el cual formula, que la educación de niños, adolescentes y jóvenes debe ser integral, y explica los procesos, producto de su experiencia y trayectoria junto al también docente Ego Quillatupac Pizarro. 

Implementarán Órganos Instructores descentralizados para agilizar proceso sancionador contra malos funcionarios


Anunció contralor Nelson Shack durante Sesión Informativa del Acuerdo Nacional


Implementarán Órganos Instructores descentralizados para agilizar proceso sancionador contra malos funcionarios

Contraloría emitió 1,166 informes de auditoría a nivel nacional, regional y local, emitiendo 846 sanciones que comprenden a 797 funcionarios y servidores públicos.

El contralor general de la República, Nelson Shack, anunció la implementación de Órganos Instructores en las Gerencias Regionales de Control, existentes en los 24 departamentos del país, para agilizar los procedimientos administrativos que permitan dictar en solo seis meses sanciones más céleres y ejemplares contra funcionarios que incurren en actos de inconducta funcional y corrupción.

Fue durante la Sesión Informativa del Acuerdo Nacional, que se realizó esta mañana en la Escuela Nacional de Control, con la presencia del secretario ejecutivo, Javier Iguiñiz; el gobernador regional de Lima, Nelson Chui; congresistas de la República, así como representantes de partidos políticos.

Sostuvo que la implementación de estas oficinas, con personal especializado y equipamiento, reducirá de dos años a seis meses los procedimientos administrativos. Estos informes de sanción serán respaldados con mecanismos tecnológicos más efectivos, mediante el expediente de control digital que incluirá cero papel, notificación electrónica, firma digital y mesa de partes virtual.

Sin embargo, advirtió, es necesario que las otras instituciones que conforman el sistema de justicia vayan de la mano de la Contraloría para su atención inmediata, ya que la percepción de la ciudadanía de inoperancia e impunidad sobre la corrupción podría incrementarse ante casos no resueltos con la misma celeridad.

Explicó que los Órganos Instructores, que inician los Procedimientos Administrativos Sancionadores (PAS) producto de los informes de control que emite el Sistema Nacional de Control, realizan las investigaciones y determinación de las infracciones y sanciones contra funcionarios que incurren en faltas graves y muy graves.

Actualmente, dijo, se cuenta con Órganos Instructores en la Sede Central, y en las Gerencias Regionales de Arequipa, Junín, Lima Provincias y Lambayeque para resolver los PAS a nivel nacional, lo cual resulta insuficiente para llevar adelante y que culminen céleremente los procedimientos administrativos sancionadores contra funcionarios que cometen irregularidades en el ejercicio de su función

Precisó que solo en el primer semestre del 2018, la Contraloría ha emitido 1,166 informes de auditoría a nivel nacional, regional y local, emitiendo 846 sanciones que comprenden a 797 funcionarios y servidores públicos.

Refirió además que la Contraloría, a través de la Procuraduría Pública, inició 82 procesos judiciales en el primer semestre del año, que involucra montos valorados en 375 millones de soles y 680 funcionarios involucrados en responsabilidad civil o penal

“Si los otros componentes de este engranaje no siguen el mismo ritmo, colapsaremos el sistema de justicia, porque si ahora enviamos, por ejemplo, cinco informes mensuales al Ministerio Público para que lo procesen, cuando la reforma de la Contraloría termine antes del Bicentenario y hayamos absorbido todas los órganos de control, enviaremos 40 y si allá no lo podrán procesar, la sensación de inoperancia estatal será muy grande”, expresó.

Policia Nacional de Pampas Tayacaja apoya a cruzada "Un abrigo una sonrisa"



La Comisaria Sectorial PNP de Pampas Con juntamente con el COPROSEC -Tayacaja, bajo el lema "UN ABRIGO UNA SONRISA" realizan importante cruzada de solidaridad por los hermanos que sufren las inclemencias del fuerte friaje.

El cambio climático es cada día más elcuente y sufren los hermanos que viven en las alturas de la Provincia de Tayacaja, la cruzada consiste en la recopilación de productos no perecibles y prendas de vestir y abrigo.

Los efectivos del orden conjuntamente con el COPROSEC -Tayacaja, instalaron una carpa en la plaza de armas de pampas en donde realizan la respectiva actividad. 

Gesto digno de resaltar y aplaudir por parte de la Policía Nacional en la zona del Frente Policial VRAEM.

Inscripción de Rondas Campesinas en la Sunarp creció 97%


· Al inscribirse las rondas pueden lograr beneficios ante entidades públicas y privadas.

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que la inscripción de rondas campesinas en el Registro de Personas Jurídicas de la Sunarp creció en 97.70% al pasar de 87 entre enero y agosto de 2017 a un total de 172 en el mismo periodo del presente año.

En los primeros ocho meses del presente año Cajamarca es el departamento en el que más rondas campesinas se inscribieron, un total de 35. Le siguen Puno (32), La Libertad (30), Piura (27), Cusco (19), San Martín (14), Áncash (6), Huánuco (3), Lima (3), Amazonas (1), Lambayeque (1) y Ucayali (1).

Pero, ¿por qué es importante que las rondas campesinas inscriban sus actos en la Sunarp? Gracias a la inscripción registral estas organizaciones sociales obtienen las siguientes ventajas:

· Las Rondas dan a conocer sus representantes e integrantes a fin de que puedan adquirir, en su representación, derechos seguros, y lograr beneficios para la institución ronderil ante determinadas entidades públicas y privadas.

· Evita que personas que no tienen la calidad de ronderos y ronderas o representantes de las Rondas se beneficien indebidamente o deterioren la imagen de la institución ronderil.

· Sus acuerdos inscritos no podrán ser desconocidos por ningún rondero, rondera o servidor público.

· Permite la celebración de convenios o acuerdos de ayuda técnica, capacitación, asistencia, donaciones, créditos y otros.

· Posibilita la formalización de los acuerdos de la organización.

Cabe precisar que los actos referentes a las rondas campesinas que pueden inscribirse en la Sunarp son los siguientes:

· La constitución de la ronda campesina.

· La adecuación de la Ronda a la Ley N° 27908 - Ley de Rondas.

· Las modificaciones del Estatuto.

· El nombramiento de los integrantes de la Junta Directiva y de los demás representantes o apoderados, su remoción, suspensión, renuncia, otorgamiento de facultades, modificación, revocación, sustitución y delegación.

· La disolución, los acuerdos de los liquidadores que, por su naturaleza, sean inscribibles y la extinción de las rondas.

· Las resoluciones judiciales o laudos arbitrales referidos a la validez de la constitución u otros acuerdos inscribibles de la ronda.

· En general, los demás actos que modifiquen el contenido de las inscripciones anteriores.

Para solicitar la inscripción registral de los actos de las rondas campesinas deben acudir a cualquier oficina de la Sunarp.

Si desea conocer dónde se encuentra la oficina más próxima se puede consultar los enlaces: https://www.sunarp.gob.pe/oficinas.aspo al correo consultas@sunarp.gob.pe o contactar a la Central Telefónica (511) 208-3100 o Aló Sunarp (línea gratuita): 0800-27164. El horario de atención es de lunes a viernes de 8:15 am a 4:45 pm.

El dato

Inscribir los actos de las rondas campesinas en la Sunarp demora un plazo promedio de siete días, desde que se presenta la solicitud de inscripción, descontando sábados, domingos y feriados.

Recepcionan planchas de grass sintético para el estadio Villa Rica de Oropesa


El viernes último los responsables del mejoramiento y ampliación de los servicios deportivos del estadio “Villa Rica de Oropesa”, recepcionaron planchas de grass sintético, caucho y otros materiales para lo que será el área de juego en la citada infraestructura deportiva.

La necesaria implementación del registro civil personal en la Sunarp


(Autor: Abogado. Edward Cesar Rojas García).

El Estado, conformado por todas las instituciones públicas, debe brindar un servicio de calidad respecto de los actos administrativos que expide en los diversos procedimientos. Esto implica mejoras en la infraestructura, capacitación del personal, atención al público y otras acciones con el fin de lograr afianzar y generar credibilidad y confianza en la ciudadanía sobre la calidad de servicio que brinda a la población en general.

Bajo esa premisa, dentro de los diversos servicios que brinda el Estado, es necesario brindar seguridad jurídica a los usuarios. Es así que, al igual que las personas jurídicas de carácter privado acceden a institutos y figuras jurídicas como la absorción y fusión para la consecución de sus fines, las personas jurídicas de carácter público también deberían hacer uso de ellas para mejorar el acceso a los servicios.

Sobre este particular, debo señalar que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), al ser una institución cuyo pilar principal es la seguridad jurídica que brinda, es imprescindible hacer uso de las tecnologías de la información para la mejora de los servicios registrales. Asimismo, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) al realizar la inscripción del estado civil, está en constante mejora y perfeccionamiento de los servicios que brinda.

Considero, que a futuro será necesario la absorción del Reniec por parte de la Sunarp, debido a que, poco a poco, la Sunarp ha venido abarcando la inscripción de ciertos actos contenidos en la Ley Orgánica del Reniec – Ley N° 26497, Art. 44, la cual contiene 17 actos inscribibles como:

Artículo 44.- Se inscriben en el Registro del Estado Civil:

a) Los nacimientos;

b) Los matrimonios;

c) Las defunciones;

d) Las resoluciones que declaran la incapacidad y las que limitan la capacidad de las personas;

e) Las resoluciones que declaren la desaparición, ausencia, muerte presunta y el reconocimiento de existencia de las personas; (*)

(*) Literal modificado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 28413, publicada el 11-12-2004.

f) Las sentencias que impongan inhabilitación, interdicción civil o pérdida de la patria potestad;

g) Los actos de discernimiento de los cargos de tutores o curadores, con enumeración de los inmuebles inventariados y relación de las garantías prestadas, así como cuando la tutela o curatela acaba, o cesa en el cargo al tutor o curador;

h) Las resoluciones que rehabiliten a los interdictos en el ejercicio de los derechos civiles;

i) Las resoluciones que declaren la nulidad del matrimonio, el divorcio, la separación de cuerpos y la reconciliación;

j) El acuerdo de separación de patrimonio y su sustitución, la separación de patrimonio no convencional, las medidas de seguridad correspondiente y su cesación;

k) Las declaraciones de quiebra;

l) Las sentencias de filiación;

m) Los cambios o adiciones de nombre;

n) El reconocimiento de hijos;

o) Las adopciones;

p) Las naturalizaciones y la pérdida o recuperación de la nacionalidad;

q) Los actos que, en general, modifiquen el estado civil de las personas, resoluciones judiciales o administrativas susceptibles de inscripción y los demás actos que la ley señale.

De los cuales la Sunarp inscribe en el Registro de Personas Naturales cinco actos, señalados en los literales e), f), g), i) j) y k); claro está, no en todos los extremos.

Dicha absorción, permitiría concentrar en un único Registro Civil Personal los actos desde el nacimiento de la persona, pasando por las que modifican su estado civil como el matrimonio y divorcio o reconocimiento de unión de hecho, sus poderes o mandatos, hasta la defunción de dicha persona.

Esto permitiría que al momento de realizar la calificación de los títulos registrales, el registrador tenga a bien hacer la consulta en dicho registro y saber si una persona figura con un estado civil distinto en el registro y que pretenda disponer de bienes pertenecientes a un régimen que no le corresponde.

Existen diversos factores que ayudarían que la Sunarp logre realizar las mismas funciones que realiza el Reniec y, mejor aún, dotar de seguridad jurídica a las nuevas inscripciones que se incorporen, ya que la Sunarp dentro de la publicidad que otorga, expide los certificados como vigencia de poder, negativo de sucesiones, positivos de propiedad, etc. y no estaría demás expedir actas de defunción, matrimonio, nacimiento y hasta la misma expedición del DNI, tomando en cuenta que a la fecha la Sunarp ya expide las tarjetas únicas de identificación vehicular. Es decir, se tiene todas las condiciones para que la Sunarp en un futuro absorba al Reniec.

Resulta factible la creación del Registro Civil Personal, aprovechando las fortalezas de cada institución para brindar un mejor servicio y lograr la seguridad jurídica, teniendo claro que esta meta conlleva a muchas reformas y oposiciones.

El logro de la citada meta resulta mucho más primordial y necesario a fín de evitar algunos litigios después de la inscripción, que si bien no perjudican en nada la seguridad jurídica que otorga la Sunarp a los actos inscritos, ayudan a una inscripción más real en todo lo concerniente al registro civil personal, claro está, teniendo siempre presente que la inscripción registral es no convalidante.


Contraloría detecta perjuicio económico por más de S/ 5 millones en obra de la Universidad Nacional de Huancavelica


La Contraloría General evidenció un perjuicio económico de más de 5 millones de soles en contra de la Universidad Nacional de Huancavelica por la obra de construcción y equipamiento del complejo educativo de la Facultad de Educación que se desplomó el año pasado ante e identificó presunta responsabilidad administrativa, civil y penal en nueve funcionarios de la entidad.

Entre las principales observaciones se encuentra en el expediente técnico que consideró la ejecución de la obra en un terreno con condiciones desfavorables que no fueron advertidas por los encargados de su elaboración, lo que generó el colapso parcial e imposibilidad de uso de la infraestructura por la ocurrencia de tres deslizamientos.

Este hecho ocasionó un perjuicio económico a la entidad de S/ 5´516,277.22 a consecuencia de la pérdida de los recursos invertidos.

Se determinó que el área no era apropiada para la construcción de la infraestructura debido a que son suelos arcillosos con un antiguo deslizamiento geológico, el cual se reactivó con los trabajos de construcción (excavaciones y corte de talud) realizados sobre la plataforma, los que ocasionaron deslizamientos. Además, se confirmó la presencia de flujos de aguas subterráneas que debilitaron el suelo.

Se admitió la propuesta técnica del postor pese a que incumplía los requerimientos técnicos mínimos a las siguientes etapas, lo que derivó en la otorgación de la buena pro, a pesar que el proceso de selección para la ejecución de la obra debía declararse desierto.

En el proceso de selección para la supervisión de la obra, el Comité Especial admitió las propuestas presentadas por el consorcio, pese a que no cumplía con los requerimientos técnicos mínimos solicitados.

Recomendaciones:

El informe recomienda el inicio del procedimiento de aplicación de medidas disciplinarias respecto del rector de la Universidad Nacional de Huancavelica, así como el cumplimiento estricto de la normativa de contrataciones por parte del personal de esa casa de estudios superiores, que deberá ser capacitado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para el debido registro de todos los procesos de selección de la entidad.

Dato:

La obra “Construcción y equipamiento del complejo educativo para el fortalecimiento académico de la Facultad de Educación de la Universidad Nacional de Huancavelica”, se inició el 5 de febrero de 2016 con un plazo de ejecución de 240 días calendario, es cual debió concluir el 1 de octubre de 2016. A la fecha, la obra se encuentra paralizada desde el 4 de mayo de 2017.