domingo, 22 de mayo de 2011

Reconocen indemnización en ESSALUD

Además de tener que lidiar con el dolor que implica la pérdida de un familiar, en este caso su madre, tuvo que enfrentar la negativa de Essalud de reconocerle el subsidio por sepelio que le correspondía como beneficiario de la fallecida, pese a cumplir con el pago del Seguro Agrario Independiente, al cual se encontraba afiliada, en vida, la occisa.
Al tomar conocimiento de esta situación, los comisionados de la Oficina Defensorial de Moquegua se comunicaron con el personal de Essalud de la zona, quienes manifestaron que la fallecida había sido desafiliada, por lo que no le correspondía beneficio alguno y que dicha medida fue notificada a sus allegados.
Sin embargo, según los familiares, ello no ocurrió debido a que la evaluación médica que debió realizársele a la señora para darle de baja o que continuase en dicho seguro nunca se concretó. La decisión se tomó irregularmente basándose en la historia clínica de la paciente, ya que se hallaba hospitalizada por su delicado estado de salud.
Asimismo, se conoció que pese a que Essalud aseguraba haber informado mediante una carta la desafiliación de la ciudadana, los familiares, quienes señalan que jamás recibieron la referida comunicación, continuaron pagando las cuotas de dicho seguro. De acuerdo con la información recabada por la Defensoría se corroboró que, efectivamente, la baja de la señora se produjo sin cumplir con los procedimientos establecidos, toda vez que la resolución se emitió con fecha posterior al fallecimiento de la titular y luego de que los beneficiarios solicitaron el subsidio.
Ante esta situación, la Defensoría recomendó a la Red Asistencial de Essalud adoptar las medidas correctivas, a fin de reconocer el derecho exigido. En respuesta, la entidad asumió el error de no haber desarrollado el debido proceso y dispuso dejar sin efecto la referida resolución. Tras ello, se procedió al pago del subsidio solicitado por el recurrente.
Al tomar conocimiento de esta situación, los comisionados de la Oficina Defensorial de Moquegua se comunicaron con el personal de Essalud de la zona, quienes manifestaron que la fallecida había sido desafiliada, por lo que no le correspondía beneficio alguno y que dicha medida fue notificada a sus allegados.
Sin embargo, según los familiares, ello no ocurrió debido a que la evaluación médica que debió realizársele a la señora para darle de baja o que continuase en dicho seguro nunca se concretó. La decisión se tomó irregularmente basándose en la historia clínica de la paciente, ya que se hallaba hospitalizada por su delicado estado de salud.
Asimismo, se conoció que pese a que Essalud aseguraba haber informado mediante una carta la desafiliación de la ciudadana, los familiares, quienes señalan que jamás recibieron la referida comunicación, continuaron pagando las cuotas de dicho seguro. De acuerdo con la información recabada por la Defensoría se corroboró que, efectivamente, la baja de la señora se produjo sin cumplir con los procedimientos establecidos, toda vez que la resolución se emitió con fecha posterior al fallecimiento de la titular y luego de que los beneficiarios solicitaron el subsidio.
Ante esta situación, la Defensoría recomendó a la Red Asistencial de Essalud adoptar las medidas correctivas, a fin de reconocer el derecho exigido. En respuesta, la entidad asumió el error de no haber desarrollado el debido proceso y dispuso dejar sin efecto la referida resolución. Tras ello, se procedió al pago del subsidio solicitado por el recurrente.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario