jueves, 21 de julio de 2011

La difamación no se penará con cárcel en el Perú


La Comisión Permanente del Congreso aprobó este jueves un dictamen que señala que el delito de difamación ya no será penado con cárcel sino sancionado con multas y prestación de servicios a la comunidad de entre 40 a 80 jornadas o con 80 a 160 días multa.
También contempla incrementar las sanciones cuando la difamación sea cometida a través de libros, la prensa u otro medio de comunicación, y en estos casos específicos plantea servicios a la comunidad de entre 80 a 156 jornadas o 200 a 365 días multa.
El dictamen modifica el artículo 132 del Código Penal, que actualmente señala que “si el delito (de difamación) se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años”.
Esta modificación fue aprobada por 13 votos a favor y adoptada luego de haberse reconsiderado en la Comisión Permanente una votación anterior que desestimó dicha iniciativa.
Durante la sustentación, el legislador Raúl Castro Stagnaro explicó que este cambio se fundamenta en la normatividad internacional pues en la mayoría de países del mundo la difamación o injuria se castiga con una sanción económica.
Mauricio Mulder, legislador aprista, se pronunció a favor y dijo que con esto se elimina la amenaza de cárcel para periodistas, como acaba de ocurrir en Ecuador, con la sanción que se le impuso al diario El Universo, tres de cuyos directivos y un exeditor fueron condenados a tres años de prisión en un juicio que el presidente Rafael Correa les entabló porque un columnista lo llamó dictador en un artículo de opinión.
El congresista nacionalista Fredy Otárola indicó que el insulto no tiene ninguna relación con la libertad de prensa. “Es un tema de dignidad, el insulto no tiene nada que ver con la libertad de prensa, no se puede tolerar la libertad del insulto que se realiza a través de las redes”, enfatizó

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