foto Juan Guevara |
El objetivo de estos Proyectos de Inversión Pública (PIP), es instalar o mejorar la capacidad del nivel de gobierno, para la provisión de los servicios de información y/o regulación para el ordenamiento territorial. Adicionalmente, se debe considerar que los PIP, deben ser de intervención limitada, con la idea de que genere beneficios durante la vida útil del Proyecto y que estos sean independientes de otros proyectos.
Asimismo, se determina que la información para el Ordenamiento Territorial, debe considerar los insumos para la prestación de este servicio, como son la Zonificación Ecológica y Económica, los Estudios Especializados, el Diagnostico Integrado de Territorio u otros que el MINAM, como órgano rector establezca.
En esta norma, el MEF reconoce el rol del MINAM como la autoridad competente en materia de Ordenamiento Territorial, y el de su Dirección General de Ordenamiento Territorial como órgano responsable; además de incorporar en los requisitos de los Proyectos de Inversión Pública para Ordenamiento Territorial los nuevos requisitos establecidos por el MINAM en la Resolución Ministerial N° 135-2013-MINAM.
Al respecto, el Director General de Ordenamiento Territorial del MINAM, Fernando Neyra, señaló que “resulta muy importante la aprobación de orientaciones para la adecuada utilización de este instrumento financiero, lo cual contribuirá a la continuidad y al fortalecimiento de las capacidades de los gobiernos regionales y locales para cumplir con sus funciones en Ordenamiento Territorial, en correspondencia con las políticas nacionales”.
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