viernes, 30 de mayo de 2014

Tips de como tramitar la pensión de alimentos

foto Juan Guevara
La pensión de alimentos se tramita ante el Juez de Paz Letrado del distrito donde vive el demandante o demandado, también pudiendo solicitarse el aumento, reducción, prorrateo, exoneración, extinción o cambio en la forma de prestar la pensión de alimentos. En aquellos casos, donde no se ha acreditado el reconocimiento extramatrimonial y el entroncamiento familiar, se tramitará ante Jueces de Familia.

¿Quiénes pueden ser demandados por pago de pensión alimenticia?
Según la ley se puede demandar a todo aquel que tiene deber de asistencia y alimentos, y a sus familiares más próximos, lo que quiere decir que si el padre de un menor no puede cumplir con pagar la pensión de alimentos ya sea porque se encuentra en el extranjero y/o es ilocalizable, no tiene trabajo, está enfermo, es declarado incapaz por alguna condición física o mental, está preso o a muerto, entonces la parte interesada o necesitada de alimentos podrá solicitar que la pensión sea pagada por los abuelos, tíos, hermanos mayores o cónyuge del padre del menor.


¿Con quiénes se tiene el deber de asistencia y alimentos?
Según las normas vigentes en el Perú, el deber de asistencia y alimentos no es exclusivo de los padres para con los hijos. Existe también el deber de asistencia y alimentos para con el cónyuge, los descendientes (hijos, nietos), los ascendientes (padres, abuelos) y los hermanos. Y es recíproco, es decir, la persona a su vez es también sujeta de derecho de asistencia y alimentos y de necesitarlo puede demandar alimentos a esos mismos parientes.

CALCULO DE LA PENSIÓN PARA NIÑOS

La pensión para niños se calculará de acuerdo a:

Las necesidades de los niños o el alimentista.
La condición económica del padre o madre, u obligado.
¿Sólo se puede pagar pensión de alimentos en dinero o en productos?
Sí, está permitido que el obligado a pasar alimentos lo haga en forma distinta al pago de una pensión (pago de dinero). Es decir, puede entregar productos. Esta modalidad tiene que ser solicitada por el interesado y autorizada por el juez.

Documentos para tramitar la pensión de alimentos:

• La partida de nacimiento del niño o del adolescente.
• Su constancia de estudios en caso de que se encuentre cursando estudios, boletas o recibos de pago que corresponden a gastos que generan la subsistencia del alimentista.
• Copia del DNI del menor y conocer el domicilio real donde va ser notificado el demandado u en su defecto la dirección de su centro de labores.
diario El Nuevo Sol

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