foto Juan Guevara |
Se acabo los días en que las personas tenían que recurrir a un mandato judicial luego de que gente inescrupulosa suplantara su identidad para hacer una inscripción en los registros públicos.
A partir de hoy la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) podrá cancelar las inscripciones extendidas en casos de suplantación de identidad o uso de documentos falsos.
El cambio se produce con la promulgación de la Ley N° 30313, publicada en el diario oficial El Peruano. La norma busca favorecer a las personas afectadas y evitarles la molestia de gastar dinero y tiempo al presentarse al Poder Judicial para cancelar el asiento registral.
La norma también autoriza a la Sunarp a determinar la formalidad de los laudos arbitrales para evitar el riesgo de inscripciones falsas.
Además, esta ley limita la capacidad de los notarios para que solo extiendan escrituras públicas de transferencia y gravamen de bienes ubicados solo en la región en que tienen competencia. La modificiación evitará que un notorio de una determinada provincia otorgue escrituras para vender predios en otra provincia.
En el caso de otorgantes extranjeros, los notarios ahora deberán identificar la identidad de los otorgantes, para lo cual pueden usar la base de datos de Migraciones. Esto impedirá la creación de identidades falsas de extranjeros.
(Con información de Correo)
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