sábado, 26 de diciembre de 2015

Notarios que no se hayan suscrito al Módulo Sistema Notario, implementado por la Sunarp, no podrán presentar títulos para la respectiva calificación registra



Desde hoy sábado 26 de diciembre, aquellos
notarios que no se hayan suscrito al Módulo Sistema Notario, implementado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), no podrán presentar títulos para la respectiva calificación registra

La medida busca reducir el riesgo de estafas, que constituye una de las prioridades del ente registral, indicó la entidad.

Esto de conformidad con la undécima disposición complementaria, transitoria y final del decreto legislativo del notariado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1232.

Por ello, de la mano con la tecnología, esta institución ha creado el citado módulo, como una herramienta informática que permite a los notarios incorporar, cambiar o retirar información de sus dependientes (trabajadores de la notaría que presentan títulos al registro) y cualquier otro dato para el conocimiento por los Registros Públicos.

La Sunarp pretende contrarrestar el riesgo de la presentación de documentos notariales falsificados.

Para acceder al citado sistema y garantizar la seguridad de la inscripción de los títulos, previamente cada notaría deberá tener una cuenta en el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) de la Sunarp y obtener un código de usuario con su clave, que les permita ingresar al contenido de dicho módulo.

Luego, el notario deberá ingresar el nombre completo, tipo y número de documento de identidad de la persona designada para la presentación de la documentación y trámite ante los Registros Públicos (dependientes del notario).

Cuando el notario indique en el instrumento público que la presentación o el trámite ante el registro será realizada por persona distinta a él o sus dependientes acreditados, adicionalmente incorporará en el módulo el nombre completo, tipo y número de documento de identidad de la persona designada para la presentación de la documentación y trámite ante el registro, el número de trámite (kardex, acta o expediente) del instrumento, y la indicación del registro jurídico en donde se presentará la documentación.

Según la Sunarp, desde la dación del Decreto Legislativo N° 1232, el pasado 26 de setiembre, a la fecha, 102 notarios lograron inscribirse a dicho módulo en todo el país.

Directriz

El Módulo Sistema Notario es de uso obligatorio para los notarios. El notario deberá incorporar, modificar o eliminar la información que se encuentre habilitada en este sistema para coadyuvar a contrarrestar el riesgo de la presentación de documentos notariales falsificados. Serán rechazados por el diario de la oficina registral la presentación de títulos realizados por el notario, su dependiente acreditado o por persona distinta que no hayan sido incorporados en dicho módulo. Cuando el notario no tenga las facilidades tecnológicas, el jefe de la unidad registral de la zona registral del ámbito geográfico correspondiente al domicilio notarial orientará sobre el empleo del sistema dándole las facilidades.

Tecnología

Por decreto supremo se aprobará el uso de medios informáticos que permitan verificar fehacientemente la autenticidad de los instrumentos notariales presentados a los registros a cargo de la Sunarp.

En tal caso, se deberá integrar su utilización al Módulo Sistema Notario.

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