sábado, 23 de noviembre de 2019

ANA sanciona a la Empresa Minera DOE RUN PERU por contaminación a las aguas del río Mantaro


El Director AAA X Mantaro, Ing. Luis Fernando Biffi Martín, manifestó que empresa minera fue sancionada con infracción muy grave a través Resolución Directoral Nº 603-2019-ANA-AAA X Mantaro, además como medida complementaria deberá remediar el cauce, la ribera y la faja marginal impactada.

En cumplimiento a sus funciones y competencias la Autoridad Nacional del Agua (ANA) adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), a través de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro, sancionó con cien (100) Unidades Impositivas Tributarias – UIT equivalente 420,000.00 (cuatrocientos veinte mil nuevos soles) a la empresa minera DOE RUN Perú S.R.L. por contaminar las aguas del rio Mantaro con metales pesados (Cianuro, arsénico, cobre, plomo y otros).

Ante los sucesos ocurridos el pasado 10 de julio del presente, la Autoridad Nacional del Agua a través de sus unidades operativas de las Administraciones Locales de Agua Huancavelica y Ayacucho, se constituyeron al lugar evidenciando el derrame de relaves con metales pesados, proveniente de la zona norte de la unidad minera de Cobriza que cayeron directamente al río Mantaro.

Según el protocolo de acopio de las muestras de agua de los dos puntos impactados en el río Mantaro y de acuerdo a los resultados obtenidos por el laboratorio de ensayo acreditado por el Organismo Peruano de Acreditación - INACAL, se demostró fehacientemente la transgresión de los estándares de calidad ambiental para agua (Decreto Supremo Nº 04-2017-MINAM), en las Aguas del río Mantaro.

Asimismo, se evidenció la infracción a la Ley de Recursos Hídricos Nº 29338, numeral 8 del artículo 120 de la presente ley, que dispone infracción en materia de agua “contaminar las fuentes naturales de agua, superficiales o subterráneas, cualquiera fuese la circunstancias que lo genere”, motivo por el cual la ANA a través de la Autoridad Administrativa del Agua Mantaro mediante Resolución Directoral Nº 603-2019-ANA-AAA X Mantaro, resuelve sancionar a la Minera DOE RUN PERU S.R.L.

La infracción fue calificada como muy grave, además dispone en un plazo máximo de (30) días hábiles como medida complementaria el recojo de todo el material de relave caído al río Mantaro, siendo obligatorio y remediar el cauce, la ribera y la faja marginal impactada, (siendo obligatorio sustentar la remediación con la presentación de los resultados de los análisis de la calidad del agua, a través de un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de la Calidad - INACAL, que demuestre que los paramentos no trasgreden los valores del estándar de la calidad ambiental para gua categoría – 3), caso contrario la ANA iniciará un nuevo procedimiento administrativo sancionador por infracción continuada.

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