Eduardo Vidal Bermúdez, hijo del presidente del Seguro Social de
Salud (EsSalud) Álvaro Vidal Rivadeneyra, fue contratado como asesor en el Ministerio de Trabajo (Mintra) luego de que su padre ingresara al gobierno de Ollanta Humala en ese alto cargo público.
Como se sabe, EsSalud depende de aquella cartera ministerial. Como se sabe, Álvaro Vidal, miembro actual del colectivo izquierdista "Ciudadanos por el Cambio" y anteriormente exministro de Salud toledista entre el 2003 y 2004, integró el equipo que elaboró el polémico primer plan electoral de Humala para la reciente campaña presidencial. En julio último fue parte del "equipo de transición".
El actual máximo directivo de EsSalud fue nombrado en ese puesto el 6 de agosto pasado, vía resolución suprema, por Rudecindo Vega, quien fue titular del Mintra hasta hace unos días. Vega es un notorio cuadro toledista y conoce al también toledista Vidal desde el gobierno de la chakana, gestión en el cual el primero desempeñó la cartera de Vivienda. Ambos integraban el ala izquierda de Perú Posible.
Once mil. Curiosamente, su hijo Eduardo Vidal (40 años) obtuvo un puesto en ese ministerio en octubre reciente, después de que resultara ganador en un proceso de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) para trabajar en la oficina de Políticas y Normatividad de la Dirección General de Trabajo. Allí percibe S/.11 mil mensuales.
De acuerdo con documentos obtenidos por Correo, la convocatoria para ese contrato se realizó en setiembre pasado bajo la denominación "XXIX-2011" y el cargo al que postuló el hijo de Álvaro Vidal estaba signado con el código "337-2011".
Luego de la evaluación curricular, Eduardo Vidal rindió exámenes de conocimientos y sicológica el viernes 30 de setiembre. Ese mismo día fue citado a una entrevista personal para el lunes 3 de octubre. Al día siguiente, firmó el contrato y el 5 de octubre empezó a laborar. Así, tuvo ese trabajo en menos de una semana.
Según el resultado final del proceso de selección de personal, el hijo del presidente de EsSalud fue el único profesional que postuló a esa plaza.
Cuatro mil y pico. Pero eso no es todo. Un documento interno del Mintra evidencia que Eduardo Vidal ya trabajaba en aquella entidad estatal pocas semanas antes que se emitiera la referida convocatoria -aunque siempre durante el actual régimen de Humala-, pero bajo otra modalidad contractual y con un sueldo menor.
Antes de convertirse en asesor, Vidal Bermúdez realizaba una función llamada "servicio de apoyo administrativo" en el mismo ministerio, función por la cual recibió S/.4,500 -el 22 de setiembre pasado-, de acuerdo con la "relación de órdenes giradas" de reportes de servicios del Mintra.
Versión de parte. Correo contactó al hijo de Álvaro Vidal en el anexo 1007, asignado a la Dirección de Políticas y Normatividad de Trabajo. Eduardo Vidal declaró que fue asesor del despacho del viceministro de Trabajo, en 2001, durante el gobierno de Valentín Paniagua.
Y que desde ese año no recibía remuneración alguna en el Ministerio de Trabajo, hasta que fue contratado recientemente en el régimen de Humala. Afirmó que en los últimos diez años se ha desempeñado como asesor de la comisión de Seguridad Social del Consejo Nacional de Trabajo, en representación de la Universidad Católica (PUCP), función que cumplía ad honorem, es decir que no le pagaban por eso.
Vidal Bermúdez es abogado laboralista y profesor en Seguridad Social de la PUCP.
PRESUNTO NEPOTISMO Para el experimentado laboralista José Echeandía, la contratación del hijo del presidente del Seguro Social de Salud en el Mintra configura un “evidente caso de nepotismo”.
“Existe un primer grado de vínculo sanguíneo entre los funcionarios y además EsSalud depende de aquel ministerio en asuntos administrativos, como contratar personal”, dijo Echeandía, quien fue viceministro de Trabajo. La Ley 26771 establece la prohibición de ejercer “la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco”.
Esa norma señala: “Los funcionarios de dirección y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección se encuentran prohibidos de ejercer dicha facultad en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio”.
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