Una buena noticia para los convivientes. La actual administración de EsSalud ha dispuesto que las miles de parejas que no podían acceder a los derechos de atención de salud por no haberse casado ahora puedan acceder a todos los servicios médicos, en forma gratuita. Pese a que esta medida ya está en vigencia desde setiembre pasado, muchos de los asegurados no tienen conocimiento de estos beneficios.
Se calcula que la entidad recibe diariamente 150 solicitudes de inscripción. La mayoría de ellas, de jóvenes entre los 20 y 35 años de edad. Asimismo, se determinó que una gran cantidad de asegurados titulares son varones, siendo las mujeres las concubinas afiliadas.
Esta cobertura que otorga EsSalud a las parejas que aún no están casadas por civil o religioso, les brinda la facilidad para que accedan a atención médica en la red hospitalaria, a nivel nacional. Asimismo, podrán recibir gratuitamente insumos médicos, al igual que tratamiento en enfermedades excepcionales.
En el caso de las convivientes, también tendrán derecho a las prestaciones por maternidad. Ellas podrán acceder a las consultas prenatales, medicamentos, vacunas y la atención del parto, el cual se extenderá hasta el periodo de post alumbramiento. Asimismo, se brindará la atención requerida al recién nacido hasta el momento del alta.
Si bien es cierto que la cobertura para derechohabientes (cónyuge, concubino (a), hijos menores de edad) rige hace varios años atrás, por la Ley Nº 26790, ‘Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud’, recién desde setiembre del 2011 se simplificaron los requisitos para el Registro del Concubino.
De esta manera, EsSalud dispuso la simple presentación de una Declaración Jurada de Relación de Concubinato, que reemplaza al anterior requisito de “una Copia fedateada del documento de Reconocimiento de Unión de Hecho” (Judicial o por Escritura Pública). Esta disposición se aceptó luego de determinar que la Declaración Jurada es menos onerosa para el asegurado.
En ese sentido, EsSalud consideró, bajo criterios de razonabilidad, que el costo promedio de una ‘escritura pública’ es de S/.450, frente a la realidad salarial del trabajador con una Remuneración Mínima Vital de S/. 675. Por ello se optó que la afiliación sea completamente gratuita.
INSCRIPCIÓN GRATUITA
Para que el concubino (a) pueda acceder a la red asistencial de EsSalud, el asegurado (a) titular deberá demostrar que convive con su pareja, como mínimo, dos años en la misma residencia. Para ello, el domicilio deberá figurar en el Documento Nacional de Identidad (DNI) de ambos. Además, deber ser mayores de 20 años.
Al momento de realizar la inscripción, el titular deberá presentar el Formulario Nº1010 (original y copia), el cual corresponde a la afiliación de derechohabientes. Asimismo, tendrá que adjuntar la Declaración Jurada de Relación de Concubinato (Ver documento Nº1), en donde la pareja suscribirá sus datos personales y consignará su domicilio actual y común. En caso de que el domicilio consignado en el DNI de los concubinos no coincida, deberán presentar la Declaración Jurada de Domicilio (Documento Nº2).
Ambas fichas podrán ser descargadas de la página web de la entidad: www.essalud.gob.pe. Con posterioridad a ello, las podrán presentar en las oficinas de la red asistencial.
LUGARES DE ATENCIÓN
Los asegurados podrán efectuar los trámites en las oficinas de Aseguramiento de EsSalud, a nivel nacional. En Lima hay nueve sedes autorizadas para la inscripción. Y en provincias se ha instalado una oficina en cada uno de los 24 departamentos.
Es bueno precisar que, para acceder al seguro, se requiere que los concubinos sean personas libres de impedimento matrimonial o divorciados. En el caso de que una de las parejas sea casado (a), solo podrá afiliar a su conviviente, siempre y cuando no haya afiliado anteriormente a su cónyuge.
Patricia Hoyos
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