Para todos nuestros lectores por ejm, el jueves 29 de agosto de este año no se incluye dentro de los días declarados no laborables para los servidores del sector público, a nivel nacional, establece un Decreto Supremo publicado este domingo 2 de junio en el Diario Oficial El Peruano.
La norma, que varía el artículo 1 del Decreto Supremo N° 123-2012-PCM, determina que esta medida es para dotar de un adecuado funcionamiento a las entidades del sector público durante el referido día.
Así en agosto solo serán días no laborables el viernes 30, Día de Santa Rosa de Lima, el sábado 31, y el domingo 1 de setiembre.
En junio las jornadas no laborables serán el jueves 27, viernes 28, sábado 29 y domingo 30 de junio, mientras en julio están considerados el sábado 27, domingo 28, lunes 29 y martes 30 de julio, que engloban el fin de semana largo con motivo de las Fiestas Patrias.
El Decreto Supremo N° 123-2012-PCM comprende también como no laborables los días sábado 05, domingo 06, lunes 07 y martes 08 de octubre, fecha del Combate de Angamos. También el lunes 30 y martes 31 de diciembre, que serán el sexto y último feriado largo del año junto con el sábado 28 y domingo 29 de ese mes.
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