foto Juan Guevara |
La arquitecta Norma Camborda, gerenta de Desarrollo Urbano, explicó que el ítem 10.3 de la Ordenanza Municipal 472 CM-MPH, que reglamenta la publicidad exterior, prohibe la colocación o exhibición de banderolas, gigantografías, banners, pasacalles o similares en la zona monumental de Huancayo.
Explicó que las instituciones públicas se encuentran exoneradas de pagos para la publicidad externa pero fuera de la zona monumental, a esto se suma que el Gobierno Regional no realizó ningún trámite o solicitó el permiso correspondiente.
Por esta falta la gerencia de Desarrollo Urbano aplicó una multa del 50% de la Unidad Impositiva Tributaria, por cada gigantografía, es decir una multa total del 100% de la UIT equivalente a S/. 3, 700.00, además de exhortar el retiro de dicha publicidad, antes de proceder con acciones coercitivas.
La Ordenanza Municipal 472 también exige que para todo tipo de publicidad externa en la zona monumental, se requiere autorización del Ministerio de Cultura.
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