foto Juan Guevara |
La Sala Superior indica que la medida cautelar no afecta el orden público, ni implica un riesgo para la defensa nacional o el normal funcionamiento del Ejército peruano, en la medida que existen otras alternativas que permiten fortalecer este servicio sin que pierda su carácter voluntario. Ello fue resaltado por la DP.
Agrega que el sorteo público hubiese afectado de manera irreparable los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la no discriminación y al reconocimiento de la personalidad jurídica.
“Este criterio judicial - de carácter definitivo - constituye un avance importante en la protección de los derechos fundamentales y se espera sea reafirmado al momento de resolver la demanda de amparo en el proceso principal, el cual se encuentra pendiente de sentencia”, asegura a través de un comunicado difundido hoy por la DP.
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