La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) señaló hoy que ninguna organización política se encuentra exenta de respetar y cumplir las disposiciones de la Ley de Partidos Políticos, y subrayó que la transgresión expresa a la misma debe ser sancionada conforme a lo establecido en la norma.
Indicó, en ese sentido, que actuó conforme al derecho al imponer una multa al partido Alianza por el Progreso (APP), fijada en S/. 2’267,440, por recibir aportes en exceso provenientes de la Universidad César Vallejo, durante la campaña electoral municipal del año 2010.
De acuerdo a las acciones de verificación y control de la ONPE, Alianza para el Progreso infringió el artículo 30 de la Ley de Partidos Políticos al recibir de la Universidad César Vallejo, durante el año 2010, aportes por un total de S/. 1’155,544, excediendo en S/. 939,544 el tope máximo (S/. 216,000) permitido por la ley que rige a los partidos políticos.
La sanción no pudo concretarse desde el año 2011 debido a los sucesivos recursos de apelación y reconsideración presentados por el citado partido político.
El JNE, mediante resolución N°544-2014-JNE, publicada el primer día del presente año, confirmó la multa impuesta por la ONPE y fijó el monto en S/. 2’267,440. Por ello, la ONPE, conforme al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, cumplió con notificar a esa organización política para que hasta el pasado 13 de marzo cumpla la sanción impuesta.
En vista que el mencionado partido político hizo caso omiso a las notificaciones para cumplir con el pago de la referida multa, el organismo electoral inició la cobranza por la vía judicial.
Falta de respeto
En ese sentido, la ONPE rechazó las palabras vertidas en la fecha por el líder de APP, quien pretendió atribuir la imposición de esa multa a un inexistente intento de desestabilizar a su organización política o convertirla en su “caja chica”.
Estas expresiones constituyen una falta de respeto al trabajo que realiza la ONPE, velando porque se respete la transparencia de los fondos que sustentan las campañas políticas y buscando una equidad entre todas las organizaciones política en contienda electoral.
Llama la atención que el líder de un partido político, excongresista y actual gobernador regional se exprese en esos términos de un organismo electoral que, por el contrario, está comprometido con el fortalecimiento de la institucionalidad de todas las organizaciones políticas.
La ONPE abogó para que las organizaciones políticas honren su compromiso de respeto a la Ley de Partidos Políticos vigente.
Finalmente, la ONPE instó a que continúe el debate y aprobación de la reforma electoral, especialmente, sobre el fortalecimiento de la verificación y control de las finanzas partidarias, el financiamiento público directo y la institucionalización de los mecanismos de democracia interna.
En materia de finanzas partidarias, la reforma establece un cuadro de conductas infractores con sanciones drásticas y efectivas. Así, por ejemplo, el proyecto propone la cancelación de la inscripción de un partido político nacional cuando se incumpla la resolución firme que impone sanción producto de la verificación y supervisión de fondos partidarios.
Datos
La Ley de Partidos Políticos establece en su artículo 30 que las aportaciones de una misma persona natural o jurídica no pueden exceder, individualmente, las sesenta unidades impositivas tributarias al año.
La multa por exceso de aportes de campaña es no menor de diez (10) ni mayor de treinta (30) veces el monto de la contribución recibida.
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