foto Juan Guevara |
NO. Porque resulta inaudito que la concesionaria pretenda atribuir a la MPH, el incumplimiento de sus obligaciones que datan desde el año 2004 en que se celebró la primera adenda.
En efecto, es NULA, ya que se celebró fuera del plazo contractual que vencía el 04.Jul.2004. Por lo mismo y habiendo la MPH incumplido con sus obligaciones a esa fecha; correspondia la resolución del contrato a cargo de la concesionaria, pero lo consintió y ahora - después de 11 años - no puede pretender que se le reconozca los daños y perjuicios por 7 millones, lo cual es imposible jurídicamente hablando.
Por otro lado, el contrato primigenio establece la presencia del Supervisor, el mismo que tiene que verificar la ejecución contractual sin sesgos políticos ni amicales sino técnica y jurídicamente sustentable. Si esto es así, resulta indispensable su pronunciamiento para tomar las medidas correspondientes.
Ahora bien, si este funcionario no lo hace o lo hace mal, confiamos en que Alcides - nuestro Alcalde provincial y amigo - tome la mejor decisión en defensa de los derechos e intereses del pueblo wanka.
Héctor Melgar
Abogado
Profesor de Derecho Municipal
Abogado
Profesor de Derecho Municipal
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