miércoles, 23 de septiembre de 2015

Investigan presunta falsificación de documentos de empresa ANDEAN ASPHALTH

foto Juan Guevara
Luego de conocerse que la empresa ANDEAN ASPHALT E.I.R.L. presuntamente habría presentado documentos falsificados para la obtención de 4 procesos de selección en la Municipalidad Provincial de Huancayo (MPH), tanto la Subgerencia de Abastecimientos como la Procuraduría Pública Municipal de Huancayo señalaron que tomarán acciones para verificar esta información y, de comprobarse el ilícito, denunciar a los responsables de los hechos.

Carmen Chamorro Castillo, responsable de Abastecimientos de la MPH, precisó que ya se remitieron los documentos solicitando información de los municipios e instituciones en los que presuntamente habría prestado servicios la empresa ANDEAN ASPHALT para garantizar su experiencia en varios procesos.

“Si se demuestra que los montos que figuran en cada uno de los procesos de selección son falsos o irregulares, se remitirá esta información al Organismo Supervisor de Contrataciones con el Estado (OSCE) para el proceso de sanción y posible inhabilitación de esta empresa”, indicó.

En otro momento, Carmen Chamorro, indicó que de contrastarse la información, la empresa ANDEAN ASPHALT habría incurrido en el artículo 62 del Reglamento de Contrataciones con el Estado, que señala que todo documento presentado en los procesos de selección es de entera responsabilidad del postor, por lo que este será responsable de su exactitud y veracidad.

DENUNCIA PENAL

Por su parte, la Procuradora de la Municipalidad de Huancayo, Elizabeth Garay Tapia, señaló que pedirá todos los actuados para determinar cuáles serían los posibles delitos y las acciones penales a tomar en este caso. “Según el informe de OCI, se habría cometido falsificación de documentos y contra le fe pública”, indicó.

DETALLES: El numeral 1.7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que: “En la tramitación del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de los hechos que ellos afirman”.

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