El Décimo Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ha suspendido los efectos jurídicos de la medida cautelar dictada por el Organismo de Evaluación Fiscalización Ambiental (OEFA), la cual ordenaba a Pluspetrol Norte S.A. asumir el compromiso de remediación de 92 sitios impactados por hidrocarburos en el Lote 1AB (ahora Lote 192), ubicado en el norte del departamento de Loreto, a través del respectivo instrumento de gestión ambiental, en concordancia con lo que viene exigiendo el Ministerio de Energía y Minas en su rol de certificador ambiental.
La medida cautelar dictada por el OEFA involucraba, además, la impermeabilización de suelos e instalación de losas de concreto, la implementación de sistemas de contención, la optimización del tratamiento previo de efluentes industriales y domésticos, la realización de monitoreos ambientales, entre otras acciones destinadas a garantizar la efectiva protección ambiental del referido lote.
Da acuerdo a la información enviada a INFOREGIÓN, la empresa pidió al Poder Judicial otra medida cautelar que fue concedida por el juzgado y que hace una lectura errada de lo dispuesto por el OEFA.
“Las resoluciones administrativas no afectan el principio de razonabilidad, ni el derecho al debido proceso, toda vez que la medida cautelar del OEFA fue dictada como previsión del órgano fiscalizador considerando el vencimiento del contrato del Lote 192, y buscando identificar en forma específica las acciones de remediación que se desprenden de las consecuencias ambientales de la operación hidrocarburífera que ha venido realizando la mencionada empresa en dicha zona, de modo que resulten ejecutables incluso en forma posterior al vencimiento del contrato (29 de agosto del 2015)”, indica el documento del organismo fiscalizador.
El OEFA señala que por este fallo judicial, se ve impedido de imponer multas coercitivas a Pluspetrol Norte S.A. por el incumplimiento de la medida cautelar dictada por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos y ratificada por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA
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