martes, 23 de enero de 2018

Dos jueces superiores revocan prisión preventiva de exgerente municipal Clever Castañeda ex gerente de Unchupaico




*Gerónimo y Marín aducen que no hay elementos de convicción de que exfuncionario se interesó por perfil de obra. * Sin embargo jueza Angélica Aquino afirma que sí hay indicios de que Castañeda tuvo interés en dicho perfil.
Una controversial resolución de los jueces superiores Jaime Gerónimo de la Cruz y Rocío Marín Sandoval ha puesto en libertad al ex gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Huánuco y ex hombre de confianza del exalcalde Jesús ‘Koko’ Giles Alipázaga, Clever Castañeda Ramón, a poco más de tres meses de haber sido recluido en el penal de Potracancha por supuestamente interesarse en la adjudicación del perfil de una obra vial en el distrito de Yarumayo por más de 92 000 soles.

Ambos jueces superiores (presidente e integrante) de la Sala Penal de Apelaciones declararon fundada la apelación del abogado de Clever Castañeda concluyendo que “los elementos de convicción ofrecidos por la Fiscalía Provincial no revisten la gravedad exigida por ley” y ordenaron su inmediata excarcelación.

El exfuncionario edil abandonó la mañana del sábado último el establecimiento penal donde cumplía prisión preventiva desde el 12 de octubre último, confirmaron fuentes del INPE.

Sin embargo, la jueza superior Angélica Aquino, también integrante de la Sala Penal de Apelaciones, emitió un voto discordante ratificando la prisión preventiva por 18 meses de Clever Castañeda que ordenó juez Elmer Contreras Campos.

A diferencia de lo que opinan Gerónimo y Marín, Aquino considera que “sí existen elementos de convicción suficientes y graves, que permiten la imposición de la prisión preventiva” al ex gerente municipal de la Municipalidad Provincial de Huánuco en la era “Koko'” Giles-Clever Zevallos.

LA ACUSACIÓN FISCAL

La Fiscalía Anticorrupción acusa a Castañeda Ramón de supuestamente haberse coludido con la empresa Quillarumi SRL para la elaboración del estudio a nivel de perfil del “Proyecto de rehabilitación y mejoramiento del camino vecinal Chullay-Ururupa-Chinchán-Huayra-Illonga-Chacaragra-Lántago” del distrito de Yarumayo, por más de 92 000 soles.

La fiscal anticorrupción Luz Sánchez Figueroa estableció que la empresa Inversiones Quillarumi SRL no solo ganó la buena pro del concurso (realizado con extraña celeridad) sin cumplir los requisitos técnicos mínimos en el 2013, sino que contrató a un pariente de Clever Castañeda y le entregó a la Municipalidad de Huánuco el perfil plagiado del que elaboró la Municipalidad de Yarumayo que a su vez sería plagiado del que elaboró en el 2009 el Instituto Vial Provincial de la Municipalidad de Huánuco.

Para sustentar su acusación, la fiscal ha tomado en cuenta manifestaciones, informes y documentos municipales que además confirman la celeridad inusual para la tramitación del proceso de contratación para la elaboración de los estudios de dicho proyecto vial.

POSICIONES ENCONTRADAS

Sin embargo, para ordenar la excarcelación de Clever Castañeda los jueces Gerónimo y Marín sostienen que si bien el exalcalde de Yarumayo, David Gabriel Lucero, relató que por recomendación de Clever Castañeda presentó el perfil del proyecto en formato digital y físico a la Municipalidad, “la cita fue negada por Castañeda Ramón; y que en efecto, no obra un registro de llamadas entrantes o salientes para confirmar esta afirmación…”

Contrariamente, la jueza Angélica Aquino advierte que ese mismo relato de Gabriel Lucero revela “los primeros actos de concertación” de los hechos que terminaron favoreciendo a la empresa Inversiones Quillarumi y que si bien no hay un registro de llamadas entrantes y salientes entre Gabriel Lucero y Clever Castañeda que corroboren lo que dice el primero, “sin embargo —dice la magistrada—lo anteriormente expuesto, otorga un nivel de suficiencia aceptable que permite concluir que el delito sí se habría cometido”.

Para Gerónimo y Marín no hay “duplicidad” (aunque en la disposición fiscal se alude a plagio) del perfil, porque los PIP anteriores al elaborado por Quiyarum estaban desactivados en el Banco del Proyectos.

La jueza Aquino contradice ese dicho y sostiene que uno de los dos estudios (el que tiene el Código SNIP 228172) elaborados antes al de Quiyarum “sí se encontraba vigente en el Banco de Proyectos” y agrega que por Directiva del SNIP los proyectos desactivados son factibles de reactivación pese al tiempo transcurrido desde su registro.

Pero además advierte la abismal diferencia de precios de los perfiles. Los dos primeros costaron 9 y 10 800 y Quillarumi cobró 92 058.88 soles “pese a que se trató del mismo tramo y diseño de la carretera”.

Los jueces superiores Jaime Gerónimo y Rocío Marín afirman que “la Fiscalía no presentó una prueba” de la “celeridad inusitada” para realizar el proceso que terminó con la adjudicación de la buena pro a Inversiones Quiyarum.

La jueza superior Angélica Aquino afirma lo contrario: “La celeridad inusitada durante los trámites a nivel de la Municipalidad Provincial [en un mes y pocos días], que han sido claramente definidos por requerimiento fiscal…”

Un hecho que destaca la fiscal es la contradicción de Castañeda en sus declaraciones en la Fiscalía y en la audiencia de apelación. En la Fiscalía declaró que el expediente de contratación y las bases fueron aprobadas por el Gerente de Planificación y Presupuesto, Godofredo Domínguez Meza, por lo que negó haber firmado la Resolución n.º 162-2013-MPHCO-GM y Resolución N.º 166-2013-MPHCO-GM; y en la audiencia reconoció que sí las había firmado.

“Está claro que el encausado (Clever Castañeda), encontrándose en la ciudad de Lima realizando gestiones ante los Ministerios del Ambiente y Vivienda, según consta en el Memorádum n.º 806-2013-MPHCO-GM, suscribió tales resoluciones pese a su impedimento…”, concluye la magistrada.

Pero sobre este hecho, los jueces superiores Jaime Gerónimo y Rocío Marín tiene una justificación. “El defecto formal en la firma de los dos últimos documentos, cuando presuntamente se encontraba en la ciudad de Lima, no es suficiente para sostener que se trató de un acto ilegítimo, pues los mismos habrían sido firmados a su retorno…”

COMPARECENCIA

Para Gerónimo y Marín el caso contra Clever Castañeda “por ahora, se trata de un asunto que requiere de una investigación más exhaustiva. Las actuaciones fiscales no constituyen por ahora elementos de convicción especialmente graves” y declararon que “así las cosas, no es del caso analizar los demás presupuestos (para dictar la prisión preventiva), debido a la no concurrencia del primero de ellos”.

Y así revocaron la resolución que ordenó prisión preventiva por 18 meses para Clever Castañeda en el proceso penal que se le sigue por delito de negociación incompatible.

Así declararon comparecencias con restricciones, le impusieron reglas de conducta, entre ellas el pago de 8 000 soles de caución que deberá pagar en el plazo de diez días improrrogables, presentarse en forma mensual a la Fiscalía, concurrir puntual y obligatoriamente al Juzgado y Fiscalía las veces que sea requerido.
No tomaron en cuenta lo dicho por empresaria

Luz Campos Jara, gerente de Inversiones Quillarumi, es por ahora la única encarcelada en este proceso. Sus dichos no fueron tomados en cuenta por los jueces superiores al momento de resolver la apelación de Clever Castañeda contra la resolución que ordenó su prisión preventiva por 18 meses, no obstante que es mencionada en la resolución de la Sala Penal de Apelaciones emitida en el expediente n.º 3388-2017-31 Huánuco.

En efecto, en el segundo párrafo de la tercera página de la resolución se menciona que Luz Campos Jara declaró que no ha tenido participación alguna en el proceso de selección (de su empresa) y que todo era manejado por el encausado (Clever Castañeda) en su condición de gerente municipal. “Afirmó además, que dicho encausado quiso conseguir su nombramiento en Seda Huánuco donde ella trabajaba, siempre que le apoyara presentando la propuesta del perfil.

Tampoco tomaron en cuenta la declaración de Jesús Córdova, cuñado de Luz Campos, quien fue registrado como postor en el proceso que ganó la empresa Quillarumi. Él —según la Resolución de la Sala Penal de Apelaciones— declaró que Clever Castañeda habría realizado todo, incluso falsificando la firma en la solicitud de registro de participantes. Córdova ha negado haberse inscrito como participantes de dicho proceso de selección convocado por la Municipalidad de Huánuco en la gestión de ‘Koko’ Giles.

Luz Campos y Jesús Córdova aparecen —como se ha dicho— en la tercera página de la resolución judicial pero después son ignorados en las otras trece páginas del fallo.

Y algo que fue minimizado por los jueces Gerónimo y Aquino para ordenar la excarcelación de Castañeda es el parentesco que tiene éste con Richard Guillermo Ramón, quien fue consignado en la propuesta técnica de la empresa Quiyarumi para ganar la buena pro. Tampoco tomaron en cuenta la declaración de Guillermo Ramón quien le dijo a la Fiscal que fue contratado por Luz Campos para la revisión del perfil de camino vecinal Chullay-Ururupa-Chinchán-Huayra-Illonga-Chacaragra-Lántag, “porque ya el estudio estaba hecho”, que le entregaron en digital y físico.

Gabriel Lucero le ha dicho a la Fiscalía que, por orientación de Clever, entregó a la Municipalidad de Huánuco el perfil en digital y físico y que éste “fue utilizado para la elaboración de un nuevo perfil”.

Los exfuncionarios de la Municipalidad de Huánuco Godofredo Domínguez Meza y Octavio Gonzáles Valdivieso, quienes integraron el Comité Especial Permanente de Contrataciones que otorgo la buena pro a la empresa Inversiones Quillarumi S.R.L. enfrentan el proceso en libertad. Y Luz Clariza Campos Jara, representante legal de dicha empresa y trabajadora de Seda Huánuco se encuentra en el penal cumpliendo 18 meses de prisión preventiva


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