sábado, 17 de marzo de 2018

Uso ilegal del símbolo patrío en elecciones en Perené





Cada día es más preocupante lo que pasa en el distrito de Perene, principalmente con el comité de elecciones de Sangani, aceptando a quienes están utilizando como símbolo nuestra bicolor obviando la Ley N 18 del 27 de Nov. 1906 segun el Artículo 14.

Se trata de la lista unidos por el distrito de Sangani, quienes viene usando el símbolo patrio cuando es prohibido.

Consultado el Abogado Constitucionalista Jorge Solis Goche nos manifestó que esta prohibido en la constitución é insta a que cambien de símbolo para esas elecciones.

Detalle:
Esta completamente  prohibido usar los colores
nacionales como marca de fábrica de comercio ó político.

Ni la Bandera Nacional ni la combinación de sus colores, ni el Escudo Nacional podrán en ninguna ocasión tomarse como distintivo ó divisa de  partidos ó asociaciones políticas, literarias, comerciales ú otras.

La contravención de este artículo será castigada con multa de uno á
quince colones, sin perjuicio de que la policía recoja y decomise las
insignias y proceda á disolver cualquiera reunión en que tal cosa suceda.
(*) Reformado el artículo 14 por el artículo 1º de la ley n.° 3429 de 21 de octubre de
1964, publicada en Colección de leyes y decretos: Año: 1964 Semestre: 2 Tomo: 2
Página: 729.


Wilson Chamorro

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