martes, 4 de diciembre de 2018

Dictan sentencia a ex funcionarios de Yauli La Oroya



4 años de pena privativa de la libertad suspendida


En audiencia pública, oral, contradictoria y con inmediación al juzgamiento la Magistrada Susan Letty Carrera Túpac Yupanqui, Jueza del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Huancayo, Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, sentenció a (04) cuatro años de pena privativa de la libertad de ejecución suspendida por tres años a los acusados Uliver Raúl Buitrón Seas, Cresenciano Guzmán Estrada y Gonzalo Martín Paz Rodríguez en calidad de autores y a Raquel Rita Santiago Huaraca, como cómplice primaria, por el delito contra la Administración Pública, en la modalidad de Colusión, en agravio del Estado – Municipalidad Provincial de Yauli La Oroya.

Asimismo, la Jueza, ordenó la inhabilitación, contra los sentenciados, por tres años para ejercer función pública conforme al artículo 36°, incisos 1) y 2) del Código Penal y el pago de CINCUENTA MIL SOLES, por concepto de reparación civil.

Los hechos ocurrieron en el 2008, en la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, en el proceso de selección por Licitación Pública N° 003-2008/CEP/MPYO - “Adquisición de Camiones Recolectores de Residuos Sólidos para la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya”.

Se adquirieron (02) camiones de la empresa Equipamiento Municipal del Perú SAC representada Raquel Rita Santiago Huaraca con diversas irregularidades en la fase preparatoria, etapa del proceso de selección y en la ejecución contractual, sin respectar ninguno de los procedimientos establecidos en la Ley y Reglamento de Contrataciones con el Estado.

Los funcionarios, a cargo del proceso, tenían el deber de verificar en cada actuación funcional que realizaban, (no realizaron estudio de mercado, la empresa ganadora de la buena pro no se encontraba registrado como postor, se modificaron las bases irregularmente, se otorgó 100 puntos a la única empresa postulante sin aplicar los factores de evaluación, se emitieron los comprobantes de pago y cheques a favor de la empresa con anterioridad a la entrega de los dos camiones, no se cobró las penalidades de S/. 50.000.00 soles, etc), producto de los acuerdos subrepticios entre los funcionarios y la contratista en perjuicio del Estado, es por ello el delito de Colusión de los sentenciados.

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