El día de hoy, del presente año se determinó en sesión ordinaria de Consejo universitario dar un ultimátum a la empresa Contratista MC para retomar las actividades de construcción de la obra del pabellón de laboratorios que quedaron paralizadas desde el 02 de marzo.
Las principales razones de este hecho se suscitan en base a que el 02 febrero del 2011, la empresa contratista MC presentó su propuesta económica para la ejecución de la obra en donde incluía los tributos, IGV, seguro, transporte, etc. para la construcción del pabellón de laboratorios.
Posteriormente el 12 diciembre del 2011, la empresa emitió una demanda arbitral en donde piden reconocer el IGV que equivale a 1, 209 242, 62 nuevos soles más una indemnización de 596 592, 98 nuevos soles, precisando que esta empresa ya había incluido dicho monto en su propuesta económica y la cual fue aprobada por la UNCP mediante el contrato suscrito.
Tras la contestación de la demanda arbitral de la UNCP presentada el 23 de enero del 2012, el 02 de marzo del 2012 la empresa MC comunicó la paralización de la obra hasta que se resuelva la demanda, incumpliendo con sus obligaciones como estipula el contrato y la ley.
Por tal motivo, el 07 de marzo, la UNCP emitió una carta notarial contestando a la empresa y requiriéndole el cumplimiento de sus obligaciones en la construcción de la obra teniendo un plazo máximo de 5 días hábiles hasta el día miércoles 14 de marzo y en caso que no sea acatado se le resolvería el contrato y se implementaría las acciones legales ante su incumplimiento conforme a la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, sin perjuicio de comunicarse del hecho al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a la Asamblea Nacional de Rectores.
Las principales razones de este hecho se suscitan en base a que el 02 febrero del 2011, la empresa contratista MC presentó su propuesta económica para la ejecución de la obra en donde incluía los tributos, IGV, seguro, transporte, etc. para la construcción del pabellón de laboratorios.
Posteriormente el 12 diciembre del 2011, la empresa emitió una demanda arbitral en donde piden reconocer el IGV que equivale a 1, 209 242, 62 nuevos soles más una indemnización de 596 592, 98 nuevos soles, precisando que esta empresa ya había incluido dicho monto en su propuesta económica y la cual fue aprobada por la UNCP mediante el contrato suscrito.
Tras la contestación de la demanda arbitral de la UNCP presentada el 23 de enero del 2012, el 02 de marzo del 2012 la empresa MC comunicó la paralización de la obra hasta que se resuelva la demanda, incumpliendo con sus obligaciones como estipula el contrato y la ley.
Por tal motivo, el 07 de marzo, la UNCP emitió una carta notarial contestando a la empresa y requiriéndole el cumplimiento de sus obligaciones en la construcción de la obra teniendo un plazo máximo de 5 días hábiles hasta el día miércoles 14 de marzo y en caso que no sea acatado se le resolvería el contrato y se implementaría las acciones legales ante su incumplimiento conforme a la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, sin perjuicio de comunicarse del hecho al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a la Asamblea Nacional de Rectores.
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