lunes, 30 de junio de 2014

Hoy vence el plazo para que las organizaciones políticas entreguen su información financiera anual


Hoy 30 de junio vence el plazo para que las organizaciones políticas presenten a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) un informe sobre sus actividades económico financieras correspondientes al ejercicio anual 2013, para su respectiva verificación y control. 

Los partidos políticos, movimientos regionales y organizaciones políticas de alcance provincial y distrital tienen la obligación de presentar su Información Financiera Anual (IFA) en el plazo de seis meses contados a partir del cierre de cada ejercicio anual, según dispone la Ley de Partidos Políticos.

La Información Financiera Anual 2013 comprende el balance general, el estado de ingresos y egresos, así como las notas e información complementaria a los estados financieros.

Los formatos para la presentación de esta información están disponibles en el siguiente enlace http://www.web.onpe.gob.pe/verificacion-control-fondos-partidarios.html de la página web de la ONPE.

La información financiera anual que proporcionen las organizaciones políticas será publicada en la página web de la ONPE, y sometida a verificación y control de conformidad con lo establecido en la Ley de Partidos Políticos y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

El organismo electoral, a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, viene informando y orientando a nivel nacional a las organizaciones políticas sobre las regulaciones y aspectos a tener en cuenta para la adecuada presentación de la información financiera anual.

Con estos procedimientos, el organismo electoral contribuye a transparentar las finanzas partidarias de las organizaciones políticas en el país.

Sanciones

Según el artículo 80° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, se impondrá a las organizaciones políticas una multa no menor de diez ni mayor de cincuenta veces el monto de la contribución omitida, recibida indebidamente o adulterada, en el caso de comprobarse la infracción en la Información Financiera Anual.

De igual forma, si se omite registrar los gastos generados por sus candidatos para financiar sus campañas.

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