viernes, 9 de marzo de 2018

Ocho cosas que debes saber sobre la pensión de alimentos en el Perú

foto Juanse Guevara

Allá por 1999, la mayor cantidad de denuncias que recibían las Demunas y juzgados especializados de Familia de Lima respondía a demandas por una pensión de alimentos, según una investigación realizada por el Dr. Nelson Reyes. Han pasado más de quince años y esta situación no ha cambiado.


La preocupación por el incumplimiento de la pensión de alimentoses constante en gran sector de la población ¿Cómo se calcula una pensión de alimentos? ¿Hasta que edad se paga? Son algunas de las interrogantes que se formulan cada vez que se aborda el tema. Aquí un breve cuestionario para entender qué es y qué implica este derecho.

1. ¿Qué es la pensión de alimentos?

Lejos de lo que se pudiera pensar, hablar de pensión de alimentos implica hablar también del costo por vivienda, recreación, educación. Así lo explica Elizabeth López, abogada asociada del Estudio Rodríguez Angobaldo Abogados

2. ¿Si estoy embarazada puedo recibir una pensión?
"Cuando tenia cuatro meses fui a la Demuna de Canto Grande y me dijeron que no podía hacer la denuncia o conciliación hasta que la bebé haya nacido", nos comenta una usuaria. Sin embargo, la abogada explica que la información que se le proporcionó fue errónea.

"En la etapa de embarazo las madres sí pueden iniciar una demanda ante el Juez de Paz Letrado por pensión de alimentos a efectos de cubrir los gastos que se dan durante el embarazo, como el costo del parto. Esta pensión se puede dar hasta 60 días después de darse el parto", explica.

3.¿Hasta que edad se puede recibir una pensión alimenticia?

El hijo tiene derecho a una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Si existe un tipo de incapacidad física o mental, o el joven se encuentra cursando estudios, sea en una universidad o un instituto técnico, el plazo se puede extender hasta los 28 años.

4.¿Qué hacer si el padre se niega a pasar una pensión?
En estos casos se puede optar por tres vías: la conciliación, la conciliación extrajudicial, que se da cuando el padre no cumple con el acuerdo que se dio producto de la conciliación, y el proceso judicial.

Si pese a esto el deudor no cumple, se podrá embargar sus cuentas, o los ingresos que perciba por su actividad laboral. Además, a pedido de la persona que demanda la pensión de alimentos, el juez de oficio puede derivar la documentación correspondiente a la fiscalía provincial penal de turno a efectos de que se formalice la denuncia penal.

De acuerdo al Código Penal, el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (OAF) es sancionado con hasta tres años de prisión.

5.¿Cómo se calcula el monto de la pensión?
La ley no fija un monto especifico o formula alguna para calcular este monto. No obstante, existen dos criterios que se suelen considerar al establecer el monto: la necesidad del alimentista y la capacidad económica del deudor, que incluye sus ingresos o si tiene alguna carga familiar.

"El juez puede considerar como mínimo el sueldo mínimo vital, hablamos de un porcentaje entre un 15% y 25%, que dependerá de la carga de familia que pueda tener la otra parte", sostiene.

6. ¿Hasta finalizar el proceso judicial no podré recibir algún monto mensual?
No, al inicio de la demanda se puede pedir una asignación provisional para que el acreedor pueda, por lo menos, solventar los gastos propios de alimentos. El juez establecerá el monto fijo mensual.

7. ¿El hijo puede demandar una pensión de alimentos?

Sí. Cuando alcanza la mayoría de edad, el hijo puede solicitar una pensión de alimentos, solo será necesario que acredite por qué se realiza la demanda. Por ejemplo, en el caso de estudios se tiene que adjuntar una constancia de estudios, los documentos que puedan acreditar sus pagos, entre otros.

8. ¿Se puede variar el monto de la pensión?
En caso el padre o madre no se encontrara conforme con el monto de la pensión de alimentos, puede solicitar un aumento ante un juez. El proceso será similar al que se siguió al momento de iniciar la demanda civil.

Miriam Romainville Izaguirre

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