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Por: Antero Flores-Araoz E.
Recientemente se ha lanzado al aire la idea de convertir el “Servicio Militar” en obligatorio, probablemente para conocer la reacción ciudadana.
El tema merece algunas precisiones ya que hemos tenido varias leyes que norman el “Servicio Militar” a cuyo nombre se le ha agregado una y otra vez “apellidos” que no siempre corresponde a la realidad, como son los de “obligatorio” y “voluntario”.
Para discernir el tema es bueno comenzar por lo que la Constitución señala, la que solamente se refiere al “Servicio Militar” en su artículo 173 al establecer que “quienes infringen las normas del Servicio Militar Obligatorio están sometidas al Código de Justicia Militar”. Sin embargo bajo el régimen de la actual Constitución se han sucedido leyes respecto al “Servicio Militar” que lo han calificado de “voluntario” sin necesariamente serlo.
La última Ley del Servicio Militar, derogada por la actual, se refería repetitivamente al “Servicio Militar Voluntario” en contraposición a la pretérita en que tal servicio era obligatorio, pero para los sorteados. Realmente era “Servicio Militar Voluntario” pues la modalidad de “acuartelado” únicamente lo hacían quienes se inscribían voluntariamente para ello, y si había exceso de inscritos hacían el servicio quienes por efecto de “suerte” resultaban sorteados. Empero si habían menos inscritos que las necesidades y requerimientos de las Fuerzas Armadas para el servicio “acuartelado” se hacían llamamientos extraordinarios, que para muy poco servían pues el servicio militar seguía siendo “voluntario”.
La actual Ley, ya sin el apellido de “voluntario” o de “obligatorio” en la realidad el Servicio Militar es “mixto” pues tanto para el caso que hayan más inscritos que deseen hacer el servicio en la modalidad de “acuartelado”, como en el caso de menos inscritos que el número requerido por las Fuerzas Armadas, la selección es mediante “sorteo”. El resultado es que los inscritos que resulten sorteados estarán obligados a hacer el servicio, el que para ellos deja de ser voluntario para convertirse en obligatorio.
Otra confusión es la de identificar al servicio militar “universal” con “obligatorio”. Mientras el “universal” es aquel en que todos, salvo los no aptos, tienen el deber de hacerlo, en el “obligatorio” únicamente tienen el deber de incorporarse los que resulten sorteados, o sea no todos.
Tal como está concebido en la actual ley el Servicio Militar, en la práctica resulta mixto, pues para el llamamiento ordinario, harán el servicio acuartelado los que voluntariamente así lo deseen, pero si hay menos voluntarios que los requeridos, se llenan las vacantes por llamamientos complementarios mediante “sorteo”, de donde resulta que los que llenan las vacantes no cubiertas por los voluntarios, lo hacen por obligación resultante de una selección librada a la suerte.
La actual Ley de Servicio Militar contiene diversos estímulos, aunque insuficientes, para la incorporación de personal en la modalidad acuartelada, entre los que se encuentran facilidades para el acceso a la educación superior y universitaria, y estudios técnicos en las diversas escuelas especializadas de nuestras Fuerzas Armadas.
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