foto Juan Guevara |
La Resolución autoriza a los referidos usuarios a inscribirse hasta el 29 de noviembre próximo, presentando solo la siguiente documentación:
· Solicitud de inscripción conforme el formato que se publicará en la página web de la SUNAT (http://www.sunat.gob.pe/).
· Declaración Jurada en reemplazo de los certificados de antecedentes penales y judiciales.
· Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI), o carné de extranjería sin la legalización antes requerida.
Es importante que la información y documentación solicitada en la Resolución de Superintendencia N° 173-2013/SUNAT sea presentada a la SUNAT en la fecha requerida o hasta el 31 de diciembre de 2013. De no cumplirse el plazo se procederá a dar de baja la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados.
Esta medida beneficiará a los usuarios que operan únicamente con gasolinas, gasoholes, diesel y sus mezclas con biodiesel, en las zonas de régimen especial (provincias de Huamanga, Huanta y La Mar, de la Región Ayacucho; Huacaybamba, Huamalíes, Huánuco, Leoncio Prado, Marañón, Puerto Inca y Pachitea en la Región Huánuco; así como en las provincias de Tayacaja en Huancavelica; La Convención en Cusco; y Satipo en Junín).
No hay comentarios.:
Publicar un comentario