lunes, 15 de junio de 2015

Inquilinos morosos tienen las horas contadas en el Perú

foto Juan Guevara
Era necesario el espalda­razo para los sufridos ciudada­nos que apuestan por arrendar sus propieda­des que con esfuerzo lograron levantar. 

El ministro de Vivien­da, Construcción y Saneamien­to, Milton von Hesse, informó que los inquilinos morosos po­drán ser desalojados de mane­ra inmediata tras deber, a lo mucho, tres rentas.

El titular de la cartera señaló que como par­te de las facul­tades legislati­vas presentadas en el Congreso, se propone que cual­quier inquilino que deba dos meses consecutivos de pago o tres alternos, deberá abandonar el predio sin que se ampare en los largos juicios del Poder Judicial. El propietario podrá disponer de un mecanis­mo de desalojo inmediato con­tando con el apoyo de la Policía.

“Creemos que un plazo de demora prudencial en el pago es de tres meses, para que lue­go de un eventual período de crisis se pueda cumplir con la obligación. A partir de la fal­ta de pago generamos las con­diciones de seguridad jurídica respectivas”, precisó.

Comentó que el Estado apun­ta a equiparar los derechos de posesión con el de propiedad. Es decir que los propietarios de una vivienda en alquiler no la pierdan o se vean perjudicados cuando el inquilino ha dejado de pagar sus mensualidades. Para tal fin se creará un nuevo régi­men contractual con formula­rios estandarizados y un registro que dé seguridad jurídica al pro­pietario.

Entre las causales para el des­alojo de inquilinos se encuentra: el vencimiento del plazo de alqui­ler, la resolución del contrato por mutuo acuerdo, el incumplimien­to de contrato por parte del arrendatario y el incumplimiento del pago de la renta convenida por dos meses consecutivos adeuda­dos o tres meses alternos dentro del plazo contractual.

Se contempla tam­bién el incumplimiento del pago de los conceptos comple­mentarios por dos meses con­secutivos o tres alternos, den­tro del plazo contractual; y la no reposición de la garantía dentro del plazo otorgado por el arrendador, se consideran causales para la expulsión.

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