foto Juan Guevara |
El ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Milton von Hesse, informó que los inquilinos morosos podrán ser desalojados de manera inmediata tras deber, a lo mucho, tres rentas.
El titular de la cartera señaló que como parte de las facultades legislativas presentadas en el Congreso, se propone que cualquier inquilino que deba dos meses consecutivos de pago o tres alternos, deberá abandonar el predio sin que se ampare en los largos juicios del Poder Judicial. El propietario podrá disponer de un mecanismo de desalojo inmediato contando con el apoyo de la Policía.
“Creemos que un plazo de demora prudencial en el pago es de tres meses, para que luego de un eventual período de crisis se pueda cumplir con la obligación. A partir de la falta de pago generamos las condiciones de seguridad jurídica respectivas”, precisó.
Comentó que el Estado apunta a equiparar los derechos de posesión con el de propiedad. Es decir que los propietarios de una vivienda en alquiler no la pierdan o se vean perjudicados cuando el inquilino ha dejado de pagar sus mensualidades. Para tal fin se creará un nuevo régimen contractual con formularios estandarizados y un registro que dé seguridad jurídica al propietario.
Entre las causales para el desalojo de inquilinos se encuentra: el vencimiento del plazo de alquiler, la resolución del contrato por mutuo acuerdo, el incumplimiento de contrato por parte del arrendatario y el incumplimiento del pago de la renta convenida por dos meses consecutivos adeudados o tres meses alternos dentro del plazo contractual.
Se contempla también el incumplimiento del pago de los conceptos complementarios por dos meses consecutivos o tres alternos, dentro del plazo contractual; y la no reposición de la garantía dentro del plazo otorgado por el arrendador, se consideran causales para la expulsión.
El titular de la cartera señaló que como parte de las facultades legislativas presentadas en el Congreso, se propone que cualquier inquilino que deba dos meses consecutivos de pago o tres alternos, deberá abandonar el predio sin que se ampare en los largos juicios del Poder Judicial. El propietario podrá disponer de un mecanismo de desalojo inmediato contando con el apoyo de la Policía.
“Creemos que un plazo de demora prudencial en el pago es de tres meses, para que luego de un eventual período de crisis se pueda cumplir con la obligación. A partir de la falta de pago generamos las condiciones de seguridad jurídica respectivas”, precisó.
Comentó que el Estado apunta a equiparar los derechos de posesión con el de propiedad. Es decir que los propietarios de una vivienda en alquiler no la pierdan o se vean perjudicados cuando el inquilino ha dejado de pagar sus mensualidades. Para tal fin se creará un nuevo régimen contractual con formularios estandarizados y un registro que dé seguridad jurídica al propietario.
Entre las causales para el desalojo de inquilinos se encuentra: el vencimiento del plazo de alquiler, la resolución del contrato por mutuo acuerdo, el incumplimiento de contrato por parte del arrendatario y el incumplimiento del pago de la renta convenida por dos meses consecutivos adeudados o tres meses alternos dentro del plazo contractual.
Se contempla también el incumplimiento del pago de los conceptos complementarios por dos meses consecutivos o tres alternos, dentro del plazo contractual; y la no reposición de la garantía dentro del plazo otorgado por el arrendador, se consideran causales para la expulsión.
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