foto Juanse Guevara |
Cuidando a los héroes. El Ministro del Interior, Carlos Basombrío Iglesias, anunció la creación de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, mediante Decreto Legislativo Nº 1260, norma publicada en el diario oficial El Peruano.
Así, la referida Intendencia tiene como objetivo principal y exclusivo apoyar las operaciones del CGBVP, debiendo facilitar los recursos logísticos y humanos necesarios para que cumplan su importante función.
Cabe mencionar que la norma emitida recoge en sus artículo noveno, los beneficios que se otorgan a los Bomberos, como una forma de agradecer y apoyar su sacrificada labor. Uno de los beneficios mas importantes, es la subvención única con cargo al Fondo de Invalidez y Protección de los Bomberos Voluntarios del Perú, conforme a lo previsto en la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2017, que podrá llegar hasta 50 UIT en cada caso.
De igual forma, se aprobado el otorgamiento de una pensión de gracia excepcional y temporal para los Bomberos o sus herederos, en caso de incapacidad permanente o fallecimiento, a ser otorgada por el Ministerio del Interior.
Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior, a propuesta de este último, se establecerá el monto de la pensión de gracia, su temporalidad, características, beneficiarios, requisitos y demás condiciones para su otorgamiento.
Además, en virtud de esta nueva legislación, los Bomberos ingresan al Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC) del Ministerio de Educación, la misma que considera a los hombres de rojo y sus hijos para el otorgamiento de becas y, se les otorga un puntaje adicional, en la etapa de asignación de las becas, siempre que cumplan los requisitos exigidos por dicha entidad.
Otros beneficios como su inclusión en el SIS cuando no tengan otro seguro, y la atención gratuita de accidentes en actos de servicio por parte de Essalud se han mantenido en la norma referida.
Por el lado de CGBVP, se busca fortalecerlo como institución, para lo cual se deberá nombrar a una comisión redactora encargada de elaborar el Reglamento Interno de Funcionamiento, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días contados desde la fecha de instalación.
Seguidamente a la aprobación del referido Reglamento Interno de Funcionamiento, se deberán convocar a elecciones para el nombramiento del siguiente Comandante General, siendo que esta vez las elecciones podrán contar con la participación de representantes de Bomberos a nivel nacional, un cambio sustancial en la democracia interna de la institución.
El CGBVP un institución prestigiosa y querida en nuestra sociedad entra en una nueva etapa de mejora e institucionalización. Y esta vez contará con el apoyo decidido del Estado Peruano a través de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú.
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