viernes, 29 de enero de 2016

Victimas de violencia ya pueden transferir beneficio de educación familiar


El Presidente Ollanta Humala promulgó el Decreto Supremo N° 001-2016-JUS, que modifica el artículo 18 del Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, a fin de que las víctimas de la violencia puedan transferir el beneficio de educación a un familiar en línea recta descendiente hasta el segundo grado de consanguinidad.

El congresista por Ayacucho José Urquizo Maggia, quien ha venido acompañando esta demanda durante varios años junto a las organizaciones de víctimas, saludó la publicación de dicha norma, puntualizando que las reparaciones en educación tenían el propósito de brindar oportunidades a víctimas que por el proceso violencia perdieron posibilidad de recibir educación o de culminar sus estudios.

Sin embargo, como el período de violencia se enmarca entre los años 1980 al 2000 según la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), la mayoría de víctimas no se encuentra en condiciones de estudiar debido a su edad.

“Teniendo en cuenta que han transcurrido más de 35 años del inicio de la violencia y 12 años del Informe Final de la CVR, para la mayoría de víctimas no es prioridad realizar estudios, por tal motivo durante varios años hemos venido demandando la cesión de derecho para que un hijo o nieto pueda acceder a las becas en educación”, señaló Urquizo.

DATO

La norma, publicada este 29 de enero en el diario El Peruano, establece la elaboración de un registro especial de beneficiarios de reparaciones en educación a cargo del Consejo de Reparaciones.
El plazo para solicitar la inscripción de la transferencia del derecho es hasta el 31 de diciembre de 2017.

La prórroga para que el beneficiario de la transferencia pueda postular será de 5 años, contados desde la fecha de inscripción en el registro.

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